SIN INFORMACION

SANDOVAL/DIRECCIÓN DE PERSONAL P2

Rol

Fecha

27 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Hargel Diana Sandoval León, Carabinero Auxiliar de Enfermería, quien interpone recurso de protección en contra de la Dirección de Personal de Carabineros de Chile (P.2) y del Hospital de Carabineros de Chile, fundado en que se dispuso su traslado desde el Consultorio de la Escuela de Formación de Carabineros al Hospital de Carabineros, establecimiento en el que, según expone, habría sido objeto de situaciones de acoso laboral entre los años 2019 y 2022, por lo que estima que dicha medida constituye un acto ilegal y arbitrario. Refiere que ingresó a Carabineros de Chile como auxiliar de enfermería civil el veintiuno de septiembre de dos mil diecisiete y que fue nombrada Carabinero Auxiliar de Enfermería con efecto desde el dieciséis de diciembre de dos mil veintidós. Señala que, mientras se desempeñó en el Servicio de Pensionado del Hospital de Carabineros, habría sufrido maltrato laboral por parte de determinadas funcionarias, situación que motivó una denuncia ante la Contraloría General de la República y dio origen a una investigación administrativa que, según indica, se mantiene en tramitación. Agrega que, con posterioridad, obtuvo cambio de dependencia a la Subdirección de Red Médica y Dental, siendo destinada al Consultorio ESFOCAR el ocho de febrero de dos mil veinticuatro, lugar en el que afirma que se produjeron nuevos episodios de hostigamiento por parte de su jefatura, antecedentes que también habrían dado lugar a una investigación administrativa. Añade que, mediante Orden N° 91, de once de julio de dos mil veinticinco, la Dirección Nacional de Personal dispuso su traslado al Hospital de Carabineros, decisión que le fue notificada el quince de julio siguiente, con firma en disconformidad, y respecto de la cual dedujo recurso de reconsideración, rechazado el nueve de octubre de dos mil veinticinco. Expone que, aunque inicialmente fue destinada al Servicio de Ginecología y Maternofetal y luego a la Unid

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por doña Hargel Diana Sandoval León en contra de la Dirección de Personal de Carabineros de Chile y del Hospital de Carabineros de Chile. Regístrese y comuníquese. N°Protección-24263-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de marzo de dos mil veintiséis. Al folio N° 19: téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Hargel Diana Sandoval León, Carabinero Auxiliar de Enfermería, quien interpone recurso de protección en contra de la Dirección de Personal de Carabineros de Chile (P.2) y del Hospital de Carabineros de Chile, fundado en que se dispuso su

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