MIRANDA/SOCIEDAD COMERCIAL E INDUSTRIAL ELEMONT LTDA
Rol
Fecha
27 de marzo de 2026
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, se advierte que la complementación solicitada, respecto del cuarto punto de prueba, resulta innecesaria atendidos los términos amplios en que éste se encuentra formulada. Por otra parte, y en cuanto a la modificación del segundo punto de prueba, habiéndose enmendado lo correspondiente por medio de la resolución que se pronunció de la reposición deducida por la parte demandante, su actual redacción es clara y suficiente para el adecuado desarrollo de la etapa probatoria, sin que se altere la carga de la prueba. Por tales consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma en lo apelado, sin costas del recurso, la resolución de fecha veintidós de julio de dos mil veinticinco, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Puerto Montt, que recibió la causa a prueba, fijando los hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos. Devuélvase. Rol Civil N° 1103-2025.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, veintisiete de marzo de dos mil veintiséis. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, se advierte que la complementación solicitada, respecto del cuarto punto de prueba, resulta innecesaria atendidos los términos amplios en que éste se encuentra formulada. Por otra parte, y en cuanto a la modificación del segundo punto de prueba, habiéndose enmendado lo correspondiente por me
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