1º JUZGADO POLICIA LOCAL DE LAS CONDES

DESPEGAR CHILE.COM/NOVA

Rol

Fecha

27 de marzo de 2026

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

DE FALLO

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de su fundamento 21°, que se elimina. Y teniendo en su lugar y, además, presente: Primero: Que, en cuanto a lo infraccional, la querellada, demandada y apelante Despegar.com se defendió en el juicio afirmando que carecía de legitimación pasiva para ser emplazada en este litigio por cuanto sostiene que las acciones del demandante derivan exclusivamente de su disconformidad con decisiones adoptadas por el transportador aéreo SKY, relativas a cancelaciones de itinerarios y montos de devolución en el marco de las reservas N°407079111600 y N°819857111600. Argumenta que las imputaciones formuladas en la querella y la demanda están mal dirigidas, pues ninguna se relaciona con las obligaciones contractuales de Despegar.com en su calidad de intermediario, sino que recaen exclusivamente sobre el transportador aéreo, conforme a los artículos 126 y siguientes del Código Aeronáutico. Sostiene que el actor carece de legitimación activa contra Despegar.com. Segundo: Que la precedente excepción de falta de legitimación fue correctamente desestimada por parte del sentenciador de primera instancia, toda vez que el artículo 43 citado dispone: “El proveedor que actúe como intermediario en la prestación de un servicio responderá directamente frente al consumidor por el incumplimiento de las obligaciones contractuales, sin perjuicio de su derecho a repetir contra el prestador de los servicios o terceros que resulten responsables". Por consiguiente, la demandada y querellada en autos si bien no es la prestadora del servicio de transporte aéreo, al haber cumplido la labor de intermediación referida es un sujeto pasivo de responsabilidad por incumplimientos contractuales frente al consumidor, lo cual es sin perjuicio de las acciones que ella pueda ejercer para repetir en contra del prestador del transporte aéreo contratado que intermedió. Tercero: Que, en las circunstancias anotadas, las alegaciones planteadas por el apelante no p

Fallo

Por estas consideraciones, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley N°19.496 y artículo 32 de la Ley 18.287, se resuelve: I.- Que se revoca la sentencia de treinta de marzo de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de Las Condes, en causa Rol 3217-2023, en la parte que condena al demandado a pagar la suma de $300.000 (trescientos mil pesos) por concepto de daño moral, y en su lugar se declara que se rechaza dicha pretensión indemnizatoria. II.- Que se confirma, en lo demás apelado la sentencia antes señalada, con declaración que se rebaja la multa impuesta a la suma de 50 Unidades Tributarias Mensuales que deberá pagar la querellada como autora de la infracción establecida en autos. III.- Que, no habiendo sido totalmente vencida, se exime a la querellada y demandada del pago de las costas. Regístrese y devuélvase. Rol 2202-2023 Policía Local

Texto Completo (Preview)

Se anunciaron para alegar los abogados revocando Rodrigo Meneses Flores y confirmando Bastián Gajardo López, durante 20 y 15 minutos, respectivamente. Natalia Álvarez, relatora. Santiago, veintisiete de marzo de dos mil veintiséis. A los escritos folio 22 y 24: téngase presente. Al escrito de folio 23: a lo principal: téngase presente; al otrosí: como se pide. Vistos: Se reproduce la sentencia e

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