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Rol
Fecha
27 de marzo de 2026
Materia
APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo, además, presente: Que si bien se acepta el daño moral en las personas jurídicas, este solo puede enmarcarse en la lesión al honor, prestigio o reputación de ellas, desde que los entes despersonalizados son incapaces de experimentar dolor, sufrimiento o padecimiento, y el daño moral solicitado en esta causa se fundamenta en el dolor sufrido por el constituyente de la persona jurídica que demanda, persona natural que no es titular de la acción deducida. Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N°18.287, se confirma, en lo apelado, la sentencia de veintiséis de abril de dos mil veintitrés, dictada por el 3° Juzgado de Policía Local de Las Condes. Regístrese y devuélvase. N°2359-2023 Policía Local.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N°18.287, se confirma, en lo apelado, la sentencia de veintiséis de abril de dos mil veintitrés, dictada por el 3° Juzgado de Policía Local de Las Condes. Regístrese y devuélvase. N°2359-2023 Policía Local.
Texto Completo (Preview)
Alegó, previo anuncio y relación pública, el abogado don Edwin Shultz contra el recurso por el tiempo de 20 minutos. Santiago, 27 de marzo de 2026. Andrea Sáez Corvalán, relatora. Santiago, veintisiete de marzo de dos mil veintiséis. Al escrito folio N°11: Téngase presente. Vistos y teniendo, además, presente: Que si bien se acepta el daño moral en las personas jurídicas, este solo puede enmarc
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