BANCO BICE S.A / AGRICOLA LOS OLMOS LIMITADA
Rol
Fecha
27 de marzo de 2026
Materia
LEYES ESPECIALES NO SEÑALADAS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los denominados
Fundamentos
motivos segundo y tercero, además de lo indicado “B) EN EL ASPECTO CIVIL” y “C) EN CUANTO A LAS COSTAS”. Se sustituye el término “PRIMERO” con el que comienza la parte considerativa por la palabra “QUINTO” Y se tiene en su lugar y además presente: Primero: Que con los documentos presentados por la demandante, que se tuvieron por acompañados, esto es, el informe de investigación de fraude N° 272-2023 elaborado por la demandante y el audio de la comunicación telefónica por la cual el representante de la sociedad demanda formuló el reclamo al Banco Bice, desconociendo dos transferencias electrónicas de fondos, conversación que se encuentra además transcrita, que dan cuenta que el demandado, luego de recibir un llamado telefónico de una mujer que dijo ser funcionario de la departamento de detección de fraude de la actora, autorizó con el sistema “BICE PASS” las transacciones en cuestión, por entender que con ello estaba reversando dos transacciones que habrían sido hechas de manera fraudulenta, lo que revela una actuación con culpa grave, toda vez, que es de conocimiento público y así lo hacen saber los bancos de manera reiterada, que no debe entregarse ningún tipo de clave ni autorizar con los sistemas de seguridad previstos para ello transacciones a solicitud de terceros que se presentan como funcionarios bancarios por vía telefónica. Segundo: Que, en efecto, las transacciones fueron autorizadas a través de los mecanismos de seguridad para su realización, las que son de exclusivo conocimiento de la cliente y es su responsabilidad procurar su secreto. Tercero: Que, en atención a lo antes indicado, la acción interpuesta deberá prosperar. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N°18.287, se revoca la sentencia de diecinueve de marzo de dos mil veinticuatro, dictada en los autos rol 1539-2023 del Juzgado de Policía Local de Calera de Tango y,
Fallo
se declara que se acoge la demanda civil deducida en contra de Agrícola Los Olmos Limitada, quien deberá restituir al Banco BICE la suma de 35 UF y se libera a esta última institución de toda responsabilidad en relación con las transacciones materia de autos. Regístrese y devuélvase. N° 454-2024 Policía Local
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintisiete de marzo de dos mil veintiséis. A folio N° 13: A lo principal y al otrosí: Téngase presente. Vistos se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los denominados motivos segundo y tercero, además de lo indicado “B) EN EL ASPECTO CIVIL” y “C) EN CUANTO A LAS COSTAS”. Se sustituye el término “PRIMERO” con el que comienza la parte considerativa por la palabra “QUINT
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