10º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

VÁSQUEZ/FISCO DE CHILE (CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO) - D.D.H.H.

Rol

Fecha

27 de marzo de 2026

Materia

HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C

Resultado

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación, en el

Fundamentos

considerando vigésimo sexto, de la frase final: “todo ello contado desde que esta sentencia se encuentre ejecutoriada hasta su pago efectivo”. Y teniendo en su lugar y, además, presente: Primero: Por sentencia de 23 de mayo de 2024, dictada por el 10° Juzgado Civil de Santiago, en la causa Rol N° C-7.179-2022, caratulada “Vásquez con Fisco de Chile”, se rechazaron las excepciones de reparación integral y de prescripción, opuestas por la parte demandada; se rechazó la excepción de falta de legitimación activa deducida por la demandada en contra de los actores Dominga Mirna Martínez Jara, Natalia Beatriz Vásquez Martínez, Bladimir Alejandro Vásquez Martínez y Juan Daniel Vásquez Martínez; se rechazó la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual deducida por la actora Dominga Martínez Jara y los actores Natalia, Bladimir y Juan Daniel, todos Vásquez Martínez; se acogió la demanda interpuesta en el folio 1, solo en cuanto condenó a la parte demandada a pagar la suma de $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a título de indemnización por daño moral en favor del demandante Juan Héctor Vásquez San Martín, más reajustes e intereses consignados en el considerando vigésimo cuarto del fallo, debiendo cada parte pagar sus costas. Contra esa sentencia, ambas partes recurrieron de apelación. En esta instancia, a folio 8, el Fisco de Chile opuso la excepción de cosa juzgada, contestando la demandante a folio 10, trayéndose los autos en relación para conocer también de la citada excepción. I.- En cuanto a la excepción de cosa juzgada: Segundo: Esgrime el demandado que la demandante ya ejerció la misma acción y por los mismos hechos y pretensiones, contra el Fisco de Chile, en la causa Rol C-9397-2007, la cual conoció el 27° Juzgado Civil de Santiago, caratulada “Abarzúa y otros con Fisco de Chile”, demanda de indemnización de perjuicios por daño moral por la supuesta responsabilidad extracontractual imprescriptible del Fisco de Chile que fue acogida parcialmente por sentencia de fecha 3 de agosto de 2010, complementada por sentencia de 24 de agosto de 2012; revocada por sentencia de esta Corte de Apelaciones, en ingreso N° 2791-2011, que acogió la excepción de prescripción de la acción indemnizatoria, rechazando la Excma. Corte Suprema el recurso de casación en el fondo, por sentencia de fecha 30 de septiembre del año 2013, en ingreso N° 2737-2013. Por lo anterior y concurriendo la triple identidad legal de personas, cosa pedida y causa de pedir, que establece el artículo 177 del Código de Procedimiento Civil, más jurisprudencia de la Excma. Corte Suprema que cita al efecto, pide tener por interpuesta la excepción de cosa juzgada, acogerla, rechazando la demanda en todas sus partes respecto del actor Juan Héctor Vásquez San Martin. Evacuando el traslado conferido, el demandante, formula distintas alegaciones respecto de las obligaciones internacionales del Estado de Chile, a la luz del Derecho Internacional de los Derec

Fallo

fallo recurrido, revocándolo y declarando que, sin perjuicio de las peticiones subsidiarias, se rechaza la demanda civil de indemnización de perjuicios en todas sus partes o, rebaje sustancialmente el monto al que fue condenado en primera instancia, revocando la forma en que se concedieron los intereses. Quinto: Los agravios de la apelación del Fisco de Chile se reducen a cuatro y son los siguientes: a) Improcedencia de la indemnización por haber sido ya resarcido el actor a través de las leyes de reparación; b) Haber rechazado erradamente el fallo la excepción de prescripción extintiva de la acción; c) El monto de la indemnización otorgado por daño moral resulta excesivo, y d) Improcedencia del pago de intereses en la forma que fueron establecidos. Sexto: En lo que respecta a los agravios referidos con las letras a), b) y c), comparte esta Corte lo razonado por el juez a quo -respectivamente- en los motivos noveno, décimo y undécimo, en relación con el rechazo de la excepción de reparación integral; décimo sexto y décimo séptimo, para desestimar la excepción de prescripción y los fundamentos vigésimo tercero y vigésimo cuarto para regular el monto de la indemnización de perjuicios concedida al actor Juan Héctor Vásquez San Martín. Séptimo: No obstante, asiste razón al Fisco de Chile en cuanto a la forma en que deben calcularse los intereses corrientes, pues estos solo pueden devengarse desde que el demandado se encuentre en mora hasta su pago efectivo, conforme al artícul

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C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de marzo de dos mil veintiséis. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación, en el considerando vigésimo sexto, de la frase final: “todo ello contado desde que esta sentencia se encuentre ejecutoriada hasta su pago efectivo”. Y teniendo en su lugar y, además, presente: Primero: Por sentencia de 23 de mayo de 2024, dictada por el 10° Juzg

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