JUZGADO DE FAMILIA COPIAPÓ

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

26 de marzo de 2026

Materia

ALIMENTOS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 67 de la Ley 19.968 y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada con fecha trece de enero de dos mil veintiséis, que rechaza la objeción a la liquidación promovida, por fundarse en argumentos desechados con anterioridad. Acordada con el voto en contra del ministro señor Carlos Meneses Coloma, quien estuvo por revocar la resolución apelada y ordenar la realización de una audiencia incidental, a objeto de permitir a las partes acreditar sus planteamientos y esclarecer alegaciones acerca de un eventual...

Texto Completo (Preview)

C.A. de Copiapó Copiapó, veintiséis de marzo de dos mil veintiséis. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 67 de la Ley 19.968 y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada con fecha trece de enero de dos mil veintiséis, que rechaza la objeción a la liquidación promovida, por fundarse en argu

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