TRIBUNAL TA TARAPACÁ

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

26 de marzo de 2026

Materia

ARTÍCULO 8 BIS CT

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto en estrados y lo dispuesto en el artículo 132 y siguientes del Código Tributario, SE ACOGE el recurso de apelación deducido en subsidio por el reclamante, eliminándose, en consecuencia, los puntos Nº2 y Nº3, del auto de prueba de folio 134, modificado a folio 150 y 151 Vta., quedando, en definitiva, únicamente el Nº1, esto es: 1.- “Efectividad que el Servicio de Impuestos Internos vulneró los derechos del contribuyente establecidos en los numerales 1° y 4° del artículo 8 bis del Código Tributario, así como la garantía constitucional del derecho de propiedad consagrado en el artículo 19 N°24 de la...

Texto Completo (Preview)

Iquique, veintiséis de marzo de dos mil veintiséis. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto en estrados y lo dispuesto en el artículo 132 y siguientes del Código Tributario, SE ACOGE el recurso de apelación deducido en subsidio por el reclamante, eliminándose, en consecuencia, los puntos Nº2 y Nº3, del auto de prueba de folio 134, modificado a folio 150 y 151 Vta., quedando, en

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