ANONIMIZADO
Rol
Fecha
26 de marzo de 2026
Materia
ALIMENTOS, AUMENTO
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: Teniendo presente que el marco jurídico de estos autos, en cuanto a su cuantía, lo fija la demanda, escenario en el que se solicitó el aumento a 15 unidades tributarias mensuales, no se comparte la tesis del recurrente de haber mediado un vicio procesal. Luego, en cuanto al fondo, la decisión responde a los antecedentes que fueron apareciendo en el proceso, adecuando el aporte de los progenitores a éstos, lo que permite a la alimentaria el mejor desarrollo de sus derechos y, con ello, la satisfacción plena e integral de sus necesidades, a la luz de su interés superior. Por lo expuesto y visto lo dispuesto en los artículos 67 de la Ley 19.968, 186, 223 y 227...
Fallo
Por lo expuesto y visto lo dispuesto en los artículos 67 de la Ley 19.968, 186, 223 y 227...
Texto Completo (Preview)
La Serena, veintiséis de marzo de dos mil veintiséis. VISTO: Teniendo presente que el marco jurídico de estos autos, en cuanto a su cuantía, lo fija la demanda, escenario en el que se solicitó el aumento a 15 unidades tributarias mensuales, no se comparte la tesis del recurrente de haber mediado un vicio procesal. Luego, en cuanto al fondo, la decisión responde a los antecedentes que fueron aparec
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