ANONIMIZADO
Rol
Fecha
26 de marzo de 2026
Materia
OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley N°19.968, la intervención de los tribunales de familia en materia de medidas de protección procede en aquellos casos en que se requiera la adopción de medidas jurisdiccionales destinadas a resguardar los derechos de niños, niñas o adolescentes que se encuentren amenazados o vulnerados, debiendo distinguirse dicha intervención de aquella propia de la sede administrativa contemplada en la Ley N°21.430. Por su parte, el artículo 71 de este último cuerpo legal establece que la derivación a la protección administrativa resulta...
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintiséis de marzo de dos mil veintiséis. A folio 8: Téngase presente. Vistos y considerando: Primero: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley N°19.968, la intervención de los tribunales de familia en materia de medidas de protección procede en aquellos casos en que se requiera la adopción de medidas jurisdiccionales destinadas a resguardar los derechos de niños, niña
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