JUZGADO DE GARANTIA DE RIO NEGRO

MP C/ ESTEBAN RODRIGO CATRILEF AZÓCAR

Rol

Fecha

26 de marzo de 2026

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE. ART. 288 BIS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en audiencia, se CONFIRMA la resolución apelada de ocho de marzo de dos mil veintiséis, dictada en los autos RUC 2500318544-6, RIT O-240-2025 por el Juzgado de Garantía de Rio Negro. Acordado con el voto en contra del Ministro Interino Sr. Oscar Alfredo Castro Allendes, quien fue de opinión de revocar la resolución recurrida, dejar sin efecto el sobreseimiento definitivo y declarar la continuación del procedimiento, por cuanto estima que la omisión advertida por el juez de Garantía no afecta al requerimiento, cumpliéndose adecuadamente la descripción de tipicidad señalada por el Ministerio Público. Comuníquese. N° Penal-296-2026.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, veintiséis de marzo de dos mil veintiséis. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en audiencia, se CONFIRMA la resolución apelada de ocho de marzo de dos mil veintiséis, dictada en los autos RUC 2500318544-6, RIT O-240-2025 por el Juzgado de Garantía de Rio Negro. Acordado con el voto en contra del Ministro Interino Sr. Oscar

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