SIN INFORMACION

FERRER/ISAPRE BANMEDICA S.A.

Rol

Fecha

26 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Que a folio 1 se deduce acción constitucional de protección en favor de Gonzalo Alberto Ferrer Aladro, en contra de ISAPRE BANMÉDICA S.A., el acto que considera arbitrario e ilegal consistente en no ajustar su plan de salud a fin de otorgar cobertura en salud mental conforme se ordena en la Ley N°21.331, perturbando así el legítimo ejercicio del derecho y garantías constitucionales establecidas en el artículo 19 números 2, 9 y 24 de la Constitución Política de la República. Solicita se ordene a la recurrida realizar los ajustes necesarios para que la cobertura de las prestaciones de salud mental de la parte recurrente, sean equiparadas a las de salud física conforme al contrato de salud vigente. Que, la Isapre recurrida al evacuar su informe alega la excepción de cosa juzgada respecto de causa Rol Protección Nº 20360-2025por la Ilma. Corte de Apelaciones de Santiago. Que, se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, el recurso de protección se sustenta en la aplicación ilegítima de las coberturas del plan de salud de la actora, por cuanto, de acuerdo a lo afirmado por el recurrente, el marco normativo vigente y las circulares administrativas dictadas por la Superintendencia de Salud a su respecto, obligarían a las instituciones previsionales de salud a homologar las coberturas contempladas en los planes, en relación de sus prestaciones de salud mental con las prestaciones de salud física. Segundo: Que, de los antecedentes se desprende que idéntica acción constitucional fue deducida por el actor en la Protección Rol Nº 20360-2025, seguida ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, la que fuera rechazada mediante sentencia firme y ejecutoriada de 19 de diciembre de 2025. Tercero: Que, analizada la causa señalada en el considerando anterior, se advierte que la acción se dedujo en contra de la misa Isapre recurrida en autos y lo alegado por el actor en aquella es la cobertura restringida en prestaciones de salud mental, siendo coincidente con el objeto de la presente acción. Que, no habiéndose acreditado suficientemente nuevos antecedes que permitan la adopción de medidas de naturaleza cautelar, es posible concluir que es la misma situación jurídica que se pretende someter nuevamente a la decisión judicial, lo que resulta improcedente, razón por la que el presente arbitro será desestimado.

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas el recurso de protección deducido en favor de Gonzalo Alberto Ferrer Aladro, en contra de ISAPRE BANMÉDICA S.A. Regístrese, notifíquese, certifíquese una vez ejecutoriada, y en su oportunidad archívese. N°Protección-131-2026. En Valparaíso, veintiséis de marzo de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiséis de marzo de dos mil veintiséis. VISTOS: Que a folio 1 se deduce acción constitucional de protección en favor de Gonzalo Alberto Ferrer Aladro, en contra de ISAPRE BANMÉDICA S.A., el acto que considera arbitrario e ilegal consistente en no ajustar su plan de salud a fin de otorgar cobertura en salud mental conforme se ordena en la Ley N°21.331, perturbando

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