14º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

C/ PATRICIO ANDRES DONOSO GUEVARA Y OTRO

Rol

Fecha

26 de marzo de 2026

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°) Que, por resolución dictada en audiencia de 24 del mes en curso, el Décimo Cuarto Juzgado de Garantía de esta ciudad, sustituyó la prisión preventiva decretada previamente respecto de los imputados Patricio Andrés Donoso Guevara y Bryan Alexis Órdenes Suárez y mantenida en revisiones de 24 de julio y 24 de septiembre, del año 2025, al estimar que la declaración de la víctima es inverosímil y que los hechos habrían tenido lugar en un sitio de libre acceso público que cuenta, además, con cámaras de vigilancia, de manera que el acto de intimidación debe constar fehacientemente. La apelación entablada por el Ministerio Público se funda en que, conforme el debate habido en la audiencia de revisión de medidas cautelares, no se cuenta con nuevos antecedentes que permitan asentar una variación relevante de las condiciones tenidas en vista al decretarse y mantenerse la prisión preventiva respecto de ambos imputados. 2°) Que, en lo pertinente a la justificación del delito, los planteamientos de la fiscalía, basados en el reporte de la víctima, corresponden a que ésta concurre al estacionamiento de un supermercado para efectuar una transacción que tenía por objeto a dos vehículos que se encontraban en su poder y que trasladó al lugar de los hechos. En dicho contexto, fue intimidado por terceros quienes le exhibieron un arma indicándole que no le convenía involucrarse en problemas, quienes procedieron a obtener la entrega de uno de los referidos móviles; procediendo los agentes a retirarse del lugar con este vehículo, dándose a la fuga y siendo alcanzados, minutos después, por personal de Carabineros que emprendió su persecución, quienes advirtieron que portaban un elemento que aparentaba ser un arma de juego, el que resultó ser un arma a fogueo adaptada para el disparo. 3°) Que, en las condiciones apuntadas en el basamento que precede, no se constata una modificación de las circunstancias tenidas en consideración al decretarse la medida cautelar

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, veintiséis de marzo de dos mil veintiséis. Sala: Octava Rol Corte: Penal-1530-2026 Ruc: 2500456289-8 Rit : O-1897-2025 Juzgado: 14º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los Ministros señor Pedro Salvador Jesus Caro Romero, señor Rodrigo Ignacio Schnettler Carvajal y la Abogada Integrante señora Magaly Carolina Correa Farías Relatora: Bárbara Rivera R

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