MINISTERIO PUBLICO C/ ALVARO ALBERTO INOSTROZA VEGA
Rol
Fecha
26 de marzo de 2026
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto y teniendo presente Que, del mérito de autos, las alegaciones vertidas en estrados por los intervinientes, teniendo principalmente que en consideración la dinámica de los hechos formalizados, se hacen atendibles las alegaciones de la defensa, sin perjuicio de lo que se resuelva en su oportunidad por el Tribunal del fondo, estimando esta Corte que bastan para garantizar la seguridad de la sociedad, víctima y el éxito de la investigación, las medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal, impuestas por el a quo. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos122, 139, 155, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de veinticinco de marzo en curso. Téngase por notificados a los intervinientes presentes en la audiencia, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. R.I.C N° Penal-224-2026.-
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos122, 139, 155, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de veinticinco de marzo en curso. Téngase por notificados a los intervinientes presentes en la audiencia, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. R.I.C N° Penal-224-2026.-
Texto Completo (Preview)
C.A. Chillán mgab/rps Chillán, veintiséis de marzo de dos mil veintiséis. Visto y teniendo presente Que, del mérito de autos, las alegaciones vertidas en estrados por los intervinientes, teniendo principalmente que en consideración la dinámica de los hechos formalizados, se hacen atendibles las alegaciones de la defensa, sin perjuicio de lo que se resuelva en su oportunidad por el Tribunal del fo
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