BANCO DE CHILE/LORCA
Rol
Fecha
26 de marzo de 2026
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de autos, y teniendo presente que el artículo 81 del Código de Procedimiento Civil prescribe que el incidente materia de autos no suspende el curso de la causa principal, y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de veintitrés de febrero de dos mil veintiséis, dictada por el Tercer Juzgado Civil de Viña del Mar y, en su lugar se deja sin efecto la suspensión del procedimiento, debiendo sustanciarse en cuaderno separado el incidente de nulidad promovido por el ejecutado. Devuélvase. N° Civil-841-2026.
Texto Completo (Preview)
Dgg C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiséis de marzo de dos mil veintiséis. Visto: Atendido el mérito de autos, y teniendo presente que el artículo 81 del Código de Procedimiento Civil prescribe que el incidente materia de autos no suspende el curso de la causa principal, y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución
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