JUZGADO DE GARANTIA DE CASABLANCA

MINISTERIO PUBLICO C/ MATIAS BRYAN FUENTES CESPEDES

Rol

Fecha

26 de marzo de 2026

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados, teniendo especialmente presente que los hechos por los cuales ha sido formalizado el imputado ocurrieron en el año 2023 y,

Fundamentos

considerando que, a falta de antecedentes diversos, habrá que entender por ahora que durante este lapso el imputado ha mantenido una conducta exenta de reproches penales, razón por la cual la prisión preventiva se torna desproporcionada, resultando en este caso una o más de las medidas cautelares de menor intensidad indicadas en el artículo 155 del Código Procesal Penal, suficientes para asegurar los fines del procedimiento y, de conformidad con lo previsto en el artículo 149 del citado cuerpo legal, se revoca la resolución apelada de diecinueve de marzo de dos mil veintiséis, que decretó la prisión preventiva del imputado Matías Bryan Fuentes Céspedes y, en su lugar, se la sustituye por la medida cautelar de privación de libertad domiciliaria parcial en modalidad nocturna de 22:00 a 6:00 horas. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Hormazábal, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Dese inmediata orden de libertad al imputado Matías Bryan Fuentes Céspedes, en caso que no es tuviera privado de ella por otra causa. Regístrese, comuníquese la libertad inmediatamente por correo electrónico y por vía telefónica, y archívese en su oportunidad Comuníquese y devuélvase. N° Penal-757-2026. otra cautelar del 155 resulta sufci Privacion domiciliaria parcial en modalidad nocturna de 22 a 6 am. Voto. Sr. Hormazábal Confirm,a. en virtud de sus propios fundamentos

Texto Completo (Preview)

Sfg C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a veintiséis de marzo de dos mil veintiséis, se da inicio a esta audiencia a las 10:56 horas, ante la Tercera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por el Ministro señor Vicente Hormazábal Abarzúa, e integrada por la Ministra señora Nancy Bluck Bahamondes y por el Abogado Integrante señor Álvaro Pavez Jorquera

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica