GALLARDO/ISAPRE CONSALUD S.A.
Rol
Fecha
25 de marzo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Jorge Andrés Zúñiga Cortes, abogado, en nombre Ruth Clotilde Gallardo Morales, interponiendo acción constitucional de protección en contra de Isapre Consalud S.A., por el acto arbitrario e ilegal consistente en la desafiliación unilateral del contrato de salud, afectando el derecho de propiedad, acceso a la salud, a la vida y al debido proceso, entre otros. Expone que el 21 de octubre de 2025 la recurrida procedió a desafiliar a la recurrente, fundado en el supuesto mal uso de licencias médicas, lo que no ha sido determinado por un ente técnico en la materia, actuando la recurrida como juez y parte y sin tener una resolución administrativa de respaldo. Argumenta que el acto de la Isapre es arbitrario, por cuanto le aplicó una sanción sin evaluar las condiciones de hecho en las fechas que ocurrieron, interpretando un contrato en forma unilateral. Califica de ilegal y arbitrario el método utilizado, al carecer de fuente normativa, siendo la propia Isapre quien actúa como juez y parte, sin sustento fáctico ni jurídico. Refiere como vulnerado el derecho de igualdad ante la ley, reconocido en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al actuar en un contrato bilateral como un contrato de adhesión. Entiende infringido, igualmente, el derecho a elegir un sistema de salud, sea estatal o privado, consagrado en el inciso final del artículo 19 N°9 de la Carta Fundamental, el que fue elegido por la recurrente al elegir el sistema privado de salud, estando impedido actualmente de optar a un contrato de salud privada. Se vulnera el derecho de propiedad, además, en su concepto, sobre su contrato de salud, que está regulado por normas de orden público, viendo mermada su capacidad económica en el contrato, pues la recurrida dejó sin efecto el contrato del cual es dueña. Finalmente, denuncia que se vulneró el derecho al debido proceso al interpretar la Isapre en forma unilateral el contrato, para buscar dejarlo
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se acoge sin costas, la acción de protección interpuesta en favor de Ruth Clotilde Gallardo Morales en contra de Isapre Consalud S.A y, en consecuencia, se ordena que la referida Isapre debe mantener vigente el contrato de salud en los mismos términos pactados y otorgarle la cobertura convenida a la actora, sin alteraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-25.090-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de marzo de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Jorge Andrés Zúñiga Cortes, abogado, en nombre Ruth Clotilde Gallardo Morales, interponiendo acción constitucional de protección en contra de Isapre Consalud S.A., por el acto arbitrario e ilegal consistente en la desafiliación unilateral del contrato de salud, afectando el de
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