MP C/ JASON NICOLÁS SOTOMAYOR TERNICIER
Rol
Fecha
25 de marzo de 2026
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, en la audiencia de control de la detención de tres de octubre recién pasado, celebrada ante el Juzgado de Garantía de San Bernardo, que incide en causa RIT 10049-2025, seguida en contra del imputado Jason Nicolás Sotomayor Ternicier, la defensa solicitó y obtuvo la declaración de ilegalidad de la detención, por considerar el tribunal a quo que los funcionarios policiales actuaron de manera autónoma, luego de una entrada y registro a un inmueble. Segundo: Que en contra de dicha resolución interpuso recurso de apelación el Ministerio Público, solicitando se enmiende con arreglo a derecho la resolución impugnada, se revoque y se declare que la detención del imputado se encuentra ajustada a derecho, toda vez que la entrada y registro se habría verificado en el contexto de signos evidentes de la comisión de un delito, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 206 del Código Procesal Penal. Tercero: Que, de acuerdo al mérito de los antecedentes, aparece que la detención efectuada por los funcionarios policiales se produjo luego de que éstos al momento de efectuar un patrullaje preventivo observaron a dos sujetos en el exterior de un block de edificios que alertaban la presencia policial mediante silbidos y gritos, ingresando entonces a los espacios comunes de dicho block, advirtiendo un departamento con la puerta abierta en el que se divisaba una mesa con múltiples envoltorios de papel cuadriculado, una pantalla con sistema de vigilancia y otros elementos asociados a la actividad de tráfico, procediendo a ingresar al departamento en donde encontraron la droga incautada, todos estos indicios suficientes de que en el lugar se estaba cometiendo un ilícito. Cuarto: Que, en consecuencia, la situación antes descrita constituye uno de los presupuestos de flagrancia que señala el artículo 130 del Código Procesal Penal, la que habilitaba a los funcionarios policiales para proceder autónomamente, de conformidad a lo dispuesto en el ar
Fallo
se declara que su detención fue ajustada a derecho. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°3373-2025 Penal
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Sala: Quinta Sala Extraordinaria Rol Corte: 3373-2025-PENAL RUC: 2501396971-2 RIT: 10049-2025 JUZGADO DE GARANTÍA DE SAN BERNARDO Ministro de fe: Constanza Retamal Maldonado Tipo de Recurso: Apelación incidente Escritos proveídos en audiencia: Folios N°12. San Miguel, veinticinco de marzo de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, en la audiencia de control de la detención
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