SIN INFORMACION

HERRERA/DRECCIÓN DE BIENESTAR DE CARABINEROS

Rol

Fecha

25 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Moisés Salvador Herrera Trujillo y deduce recurso de protección en contra de la Dirección de Bienestar (Departamento Acción Social B-3) de Carabineros de Chile, por considerar que ha sido objeto de un acto ilegal y arbitrario que vulnera sus garantías constitucionales consagradas en los Nos 2, 3 y 16 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Relata el recurrente que prestó servicios efectivos por 31 años en la Institución de Carabineros de Chile ostentando el grado de Suboficial Mayor y que encontrándose en proceso de transición a retiro conforme al artículo 75 del Estatuto del Personal de Carabineros de Chile (el cual dispone que el personal con derecho a pensión continuará disfrutando de su sueldo y remuneraciones de actividad durante 4 meses), solicitó el pago del beneficio de cuota mortuoria por el sensible de su madre, acaecido el 16 de agosto de 2025. Indica que dicha solicitud, tramitada reglamentariamente a través de la Tercera Comisaría de Chile Chico, fue denegada por el Departamento de Bienestar B-3 y argumenta que la negativa es improcedente puesto que, según consta en sus liquidaciones de sueldo correspondientes a los meses de febrero a septiembre de 2025, se le continuaron realizando descuentos bajo el concepto de “Aporte Bienestar”, lo que, a su juicio, constituye un reconocimiento implícito por parte de la institución de su calidad de socio activo de la Comisión Acción Social. En consecuencia, solicita que se acoja el recurso y se ordene a la recurrida el pago íntegro de la cuota mortuoria reclamada, con costas. Segundo: Que informando la recurrida solicita el rechazo del recurso. Expone que la Comisión Acción Social es un estamento cuyo objetivo es proporcionar ayuda económica a sus asociados mediante un patrimonio y precisa que mediante la Resolución Exenta N° 2097, de 26 de noviembre de 2024, de la Prefectura de Carabineros de Aysén, se concedió el retiro absoluto de las fil

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza el recurso deducido por Moisés Salvador Herrera Trujillo en contra de la Dirección de Bienestar de Carabineros de Chile. Regístrese y archívese. N° Protección-20097-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de marzo de dos mil veintiséis. Al folio 16: téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Moisés Salvador Herrera Trujillo y deduce recurso de protección en contra de la Dirección de Bienestar (Departamento Acción Social B-3) de Carabineros de Chile, por considerar que ha sido objeto de un acto ilegal y arbitrario que vulnera sus gar

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