JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO MONTT

MP C/ DANIEL HORDAN JARA SALDIVIA

Rol

Fecha

25 de marzo de 2026

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa del imputado de esta causa en contra de la resolución dictada por el Juzgado Garantía de Puerto Montt que impuso la medida cautelar de prisión preventiva solicitada por el ente persecutor en su contra. 2°) Que, en estos antecedentes, la defensa no controvierte los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se atribuye al imputado, razón por la cual se omitirá pronunciamiento sobre estos presupuestos. 3°) A su vez, respecto de la necesidad de cautela regulada en la letra c) del mismo artículo, teniendo en consideración la naturaleza del delito por la cual fue formalizada la presente investigación, esto es, tráfico de estupefacientes del artículo 4 de la ley 20.000, la forma de comisión del mismo, sus antecedentes pretéritos en delitos de la misma especie, la prognosis de pena y la eventual forma de cumplimiento en caso de condena, así como el hecho de encontrarse vigente una pena sustitutiva al momento de comisión de los hechos, configuran un peligro para la seguridad de la sociedad y de los fines del procedimiento que se resguarda únicamente con la medida cautelar de prisión preventiva impuesta por el Tribunal a quo en su contra. Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha veintiuno de marzo del año dos mil veintiséis, dictada por el Juez del Juzgado Garantía de Puerto Montt, don Miguel García Herrera respecto del imputado Daniel Hordan Jara Saldivia, manteniéndose la medida cautelar de prisión preventiva dictada en su contra. Comuníquese de la forma más expedita. Devuélvase. Rol Penal 338-2026.

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha veintiuno de marzo del año dos mil veintiséis, dictada por el Juez del Juzgado Garantía de Puerto Montt, don Miguel García Herrera respecto del imputado Daniel Hordan Jara Saldivia, manteniéndose la medida cautelar de prisión preventiva dictada en su contra. Comuníquese de la forma más expedita. Devuélvase. Rol Penal 338-2026.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, veinticinco de marzo de dos mil veintiséis Vistos 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa del imputado de esta causa en contra de la resolución dictada por el Juzgado Garantía de Puerto Montt que impuso la medida cautelar de prisión preventiva solicitada por el ente persecutor en su contra. 2°) Que, en estos antecedentes, la defen

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