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Rol
Fecha
25 de marzo de 2026
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
ENMIENDA PUNTO DE PRUEBA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo especialmente los términos en que se ha suscitado la controversia de autos, se enmienda, en su parte recurrida, la resolución de tres de junio de dos mil veinticinco, dictada por el Tercer Juzgado de Letras en lo Civil de Concepción, en los autos Rol C-421-2024, del ingreso de dicho tribunal, en cuanto se modifica el punto número 2° de la resolución que recibió la causa prueba, quedando redactado del siguiente modo: “2°.- Efectividad que tal hecho es imputable a las demandadas.” Asimismo, se agrega a la referida resolución un nuevo punto de prueba al que se le asigna el ordinal 7°, del siguiente tenor: “7.-° Efectividad que las demandadas se encuentran obligadas solidariamente a indemnizar los perjuicios.”. Devuélvase. N° Civil-349-2026.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción PMR/cms Concepción, veinticinco de marzo de dos mil veintiséis. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo especialmente los términos en que se ha suscitado la controversia de autos, se enmienda, en su parte recurrida, la resolución de tres de junio de dos mil veinticinco, dictada por el Tercer Juzgado de Letras en lo Civil de Concepción, en los autos Rol C-421-2
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