SIN INFORMACION

BANCO FALABELLA/

Rol

Fecha

25 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece el abogado Rafael Ruiz Espinosa, en representación de Banco Falabella S.A., interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución de 21 de octubre de 2025, dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de Las Condes, en los autos Rol N°101.630-8-2025. Expone que la resolución impugnada declaró inadmisible el recurso de apelación que su parte dedujo en contra de la resolución que resolvió no ha lugar a la demanda por extemporánea, argumentándose que, por tratarse de una causa cuya cuantía era inferior a las 25 unidades tributarias mensuales, no ha lugar al recurso de apelación por tratarse de aquellas causas que se tramitan como de única instancia, en atención a lo dispuesto en el inciso sexto del artículo 5 de la Ley N°20.009 en relación con el inciso final del artículo 50 H de la Ley N°19.496. Sostiene que la acción del emisor bajo la Ley N°20.009 persigue la declaración de dolo o culpa grave del usuario, no teniendo una finalidad indemnizatoria para el legitimado activo, por lo que malamente podría aplicarse la limitación del inciso final del artículo 50 H de la Ley N°19.496, que expresamente establece que "La cuantía se determinará de acuerdo al monto de lo denunciado o demandado por el consumidor". Argumenta que la interpretación del tribunal a quo deja a su representada en indefensión frente a posibles defraudaciones de cuantía inferior a 25 unidades tributarias mensuales y atenta contra la tutela judicial efectiva al impedir el acceso a un tribunal colegiado para discutir sobre la admisibilidad de la demanda. Solicita que se admita a tramitación el recurso de hecho y, en definitiva, se conceda la apelación presentada ante el tribunal de primera instancia, disponiéndose que se eleven los autos a esta Ilustrísima Corte para que conozca de la apelación conforme a derecho. Segundo: Que, evacuó informe el juez titular del Primer Juzgado de Policía Local de Las Condes, don Cristián Arévalo, y expone los an

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, artículo 5° de la Ley N° 20.009, artículo 50 letra H de la Ley N° 19.496, se rechaza el recurso de hecho deducido por Banco Falabella contra la resolución de 21 de octubre de 2025, dictada por el Primer Juzgado de Policía Local Las Condes en autos Rol N° 101.630-8-2025. Regístrese y archívese. Policía Local N° 4102-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de marzo de dos mil veintiséis. Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece el abogado Rafael Ruiz Espinosa, en representación de Banco Falabella S.A., interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución de 21 de octubre de 2025, dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de Las Condes, en los autos Rol N°101.630-8-2025. Expone que la resol

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