MIGUEL FERNANDO JUAGIBIOY VALLEJO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
25 de marzo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Miguel Fernando Juagibioy, de nacionalidad venezolana, con domicilio en Avenida Vicuña Mackenna N°3737, comuna de San Joaquín interpone acción constitucional de amparo, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Frank Sauerbaum Muñoz, domiciliados en calle San Antonio N°580, comuna Santiago, que por Resolución Exenta N°94858522, de 3 de marzo de 2026, rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso su abandono del territorio nacional, acto que estima desproporcionado, arbitrario, ilegal y vulneratorio de la garantía de libertad personal asegurada en el numeral 7° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Refiere que dicha decisión se funda en la circunstancia de no haberse remitido documentación que acredite su sustento económico en el país, así como un certificado de antecedentes penales emitido por su país de origen. Argumenta que tal determinación resulta injusta, arbitraria y desproporcionada, desde que sí remitió el certificado de antecedentes penales al momento de efectuar su solicitud y porque el requerimiento de antecedentes adicionales no fue debidamente puesto en su conocimiento, resultando imposible cumplir con el mismo y, por no considerar la decisión adoptada que mantiene arraigo familiar en el país, dado que su cónyuge y sus dos hijas residen en el territorio nacional. Solicita dejar sin efecto la resolución que dispuso su abandono del territorio nacional y ordenar al servicio recurrido continuar con la tramitación de su solicitud. Segundo: Que informa al tenor de recurso el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso, por haber perdido oportunidad y eficacia. Indica que el 31 de diciembre de 2022, el extranjero solicitó un permiso de residencia definitiva y que mediante Resolución Exenta N°2600100124803, de 3 de marzo de 2026, se rechazó su solicitud por no remitir toda la documentación necesaria para el otorgamiento de dicho
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo deducido en favor de Miguel Fernando Juagibioy en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad N°363-2026 Amparo. PAGE 1
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veinticinco de marzo de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Miguel Fernando Juagibioy, de nacionalidad venezolana, con domicilio en Avenida Vicuña Mackenna N°3737, comuna de San Joaquín interpone acción constitucional de amparo, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Frank Sauerbaum Muñoz, domiciliados en calle San Antonio N°5
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