JEANNE SELANIE GEORGES /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
25 de marzo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: A folio 1, se deduce acción de amparo en favor de Jeanne Selanie Georges, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N°24450941, de 27 de septiembre de 2024, que rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso su abandono del país. Expone que la amparada ingresó al país y presentó con fecha 18 de diciembre de 2021 solicitud de residencia definitiva, encontrándose con arraigo laboral en el territorio nacional, registrando cotizaciones previsionales en Fonasa. Alega que el rechazo se fundó en no haber acompañado el comprobante de pago de la multa por residencia irregular, no obstante que la plataforma digital del Servicio recurrido presentó dificultades para efectuar dicho pago. Solicita dejar sin efecto la Resolución Exenta y retrotraer el procedimiento con el objetivo de pagar la multa impuesta. A folio 6, evacua informe el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso. Argumenta que el rechazo obedeció al incumplimiento de requisitos legales, específicamente la falta de acreditación del pago de la multa por residencia irregular conforme al artículo 88 N°1 de la Ley N°21.325, y que la interesada fue previamente notificada mediante comunicación electrónica de fecha 24 de abril de 2024, sin que subsanara los defectos en el plazo otorgado. A folio 7 se ordenó traer los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que, la acción de amparo constitucional tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando existe una privación, perturbación o amenaza a la libertad personal o seguridad individual de forma ilegal o arbitraria. Segundo: Que, el acto impugnado consiste en la orden de abandono del país derivada del rechazo de la residencia definitiva de la amparada, motivada principalmente por no haber acompañado el comprobante de pago de la multa por permanencia transitoria vencida, conforme a lo dispuesto en los artículos 107 o 119 de la Ley N°21.325 de Migración y Extranjería. Tercero: Que, de los antecedentes acompañados, se desprende que la amparada posee un arraigo laboral y consta cotizaciones de acuerdo al certificado emitido por Fonasa correspondiente al período febrero de 2025 a febrero de 2026, que da cuenta de cotizaciones periódicas en la empresa FAFA SpA. Asimismo, la amparada no registra antecedentes penales ni en Chile ni en su país de origen, conforme a los certificados acompañados debidamente legalizados y traducidos ante el Ministerio de Relaciones Exteriores. Cuarto: Que, la aplicación de la sanción de abandono inmediato del país resulta manifiestamente desproporcionada, en atención a las circunstancias particulares de la amparada que no fueron ponderadas por la recurrida, especialmente su arraigo laboral efectivo, circunstancias que tornan el acto impugnado en ilegal y arbitrario.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República, se acoge la acción de amparo deducida en favor de Jeanne Selanie Georges, dejándose sin efecto la Resolución Exenta N°24450941 de fecha 27 de septiembre de 2024. En consecuencia, se ordena al Servicio Nacional de Migraciones retrotraer el procedimiento administrativo de la amparada, debiendo habilitar y poner a disposición de la interesada el enlace o vínculo electrónico correspondiente en su plataforma digital para que pueda efectuar el cálculo y pago de la multa por residencia irregular, otorgándose para ello un plazo de noventa (90) días hábiles, debiendo resolver la solicitud de residencia definitiva conforme a derecho. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Pablo Droppelmann Cúneo, quien estuvo por rechazar el recurso por estimar que no existe ilegalidad en el actuar del Servicio Nacional de Migraciones, toda vez que consta que con fecha 24 de abril de 2024 se notificó a la interesada un previo rechazo, otorgándole un plazo legal de 10 días hábiles para acompañar los antecedentes requeridos, incluyendo el comprobante de pago de la multa correspondiente, carga administrativa que la amparada no cumplió oportunamente, sin que se haya acreditado fehacientemente la alegada imposibilidad de acceso a la plataforma digital del Servicio. Regístrese y comuníquese. N° Amparo-980-2026.
Texto Completo (Preview)
Dgg C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticinco de marzo de dos mil veintiséis. Visto: A folio 1, se deduce acción de amparo en favor de Jeanne Selanie Georges, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N°24450941, de 27 de septiembre de 2024, que rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso su abandono del país.
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