SIN INFORMACION

BONILLA ACEVEDO, FRANCY HEDYE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DE CHILE

Rol

Fecha

25 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece María Alejandra Quintero Moros, abogada, interponiendo recurso de amparo en beneficio de don FRANCY HEDYE BONILLA ACEVEDO, ciudadano colombiano, pasaporte N° BC953677 de Colombia, con domicilio en Av. Los Changos N°26, Parte Alta, comuna de Coquimbo, dirigido en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, dependiente del Ministerio del Interior, representado por don Luis Thayer Correa, sociólogo, con domicilio en Matucana Nº1223, comuna de Santiago, por el acto ilegal y arbitrario consistente en la dictación de la Resolución Exenta N°23137558 de, 12 de mayo de 2023, que rechazó la solicitud de regularización migratoria extraordinaria del amparado y le ordenó hacer abandono del territorio nacional, lo cual vulnera la garantía constitucional del N°7 del artículo 19 de la Constitución Política. Expone que el amparado ingresó al país en 2017, radicándose en la comuna de Coquimbo, donde desarrolló actividades laborales en el rubro de la construcción, contando con visa temporaria en proceso de regularización, afiliación previsional y cotizaciones continuas, evidenciando un proceso de inserción social y laboral efectivo. Añade que en 2021 fue condenado por el delito de tráfico ilícito de estupefacientes a una pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo, la cual fue sustituida por la de libertad vigilada intensiva, sanción que cumplió íntegramente, declarándose extinguida su responsabilidad penal mediante resolución firme de 24 de febrero de 2026, no registrando actualmente antecedentes penales vigentes ni en Chile ni en su país de origen. Expone que el amparado ha desarrollado un proceso efectivo de reinserción social, participando en programas de capacitación laboral y manteniendo actividad remunerada formal, con cotizaciones previsionales vigentes, presentando además un arraigo territorial y familiar significativo, al convivir con su pareja y sus hijos, uno de ellos de nacionalidad colombiana, de 9 años, y

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de amparo interpuesto a favor de don Francy Hedye Bonilla Acevedo en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol N°195-2026 (Amparo).

Texto Completo (Preview)

Bonilla Acevedo, Francy Hedye Servicio Nacional de Migraciones Recurso de amparo Rol Nº195-2026 La Serena, veinticinco de marzo de dos mil veintiséis. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece María Alejandra Quintero Moros, abogada, interponiendo recurso de amparo en beneficio de don FRANCY HEDYE BONILLA ACEVEDO, ciudadano colombiano, pasaporte N° BC953677 de Colombia, con domicilio en

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