SIN INFORMACION

WILDO MANUEL ALCAINO PENA/10º JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO

Rol

Fecha

25 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Mauricio Badilla San Juan, defensor penal público, quien interpone acción constitucional de amparo en favor de Wildo Manuel Alcaino Peña, imputado en causa RIT 338-2021, seguida ante el 10° Juzgado de Garantía de Santiago, en contra de este último con motivo de la resolución dictada el 17 de marzo pasado que revocó la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva que recae sobre el recurrente, ordenando su ingreso efectivo a cumplir la pena privativa de libertad que le fue impuesta. Indica que Alcaino Peña fue condenado el 29 de abril de 2021 a cumplir la pena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, más accesorias legales. Añade que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 15 y 15 bis de la Ley N°18.216, se sustituyó la pena privativa de libertad por la libertad vigilada intensiva. Refiere que el 26 de junio de 2024, el C.R.S. de Santiago Sur informó que su representado mantiene incumplimiento a controles desde el 18 de ese mes año. Por esa razón, el tribunal despachó orden de detención en su contra el 29 de julio de 2024. Explica que el 17 de marzo tuvo lugar audiencia de control de la detención, oportunidad en que el Ministerio Público solicitó la revocación de la pena sustitutiva, petición a la que se opuso la defensa. Sostiene que el tribunal revocó la medida, por entender que se configura en la especie la hipótesis del artículo 25 N°1 de la Ley N°18.216, ordenando el ingreso efectivo a cumplimiento. Plantea que existe una amenaza ilegal respecto de la libertad del condenado, toda vez que se ordenó el ingreso de forma inmediata a un centro penitenciario, en circunstancias que la decisión que revoca la pena no se encuentra firme ni ejecutoriada. Arguye que la resolución que ordena el ingreso de su representado para cumplir efectivamente la pena impuesta es ilegal, ya que vulnera el derecho a recurrir que asiste al sentenciado, el que se encuentra plenamente reconocido en el artí

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto por Wildo Manuel Alcaino Peña en contra del 10° Juzgado de Garantía de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad N°392-2026 Amparo

Texto Completo (Preview)

C.A. de San Miguel San Miguel, veinticinco de marzo de dos mil veintiséis A los escritos folios N°s 6 y 7: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Mauricio Badilla San Juan, defensor penal público, quien interpone acción constitucional de amparo en favor de Wildo Manuel Alcaino Peña, imputado en causa RIT 338-2021, seguida ante el 10° Juzgado de Garantía de

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