BANCO DE ESTADO DE CHILE/GARCÉS
Rol
Fecha
24 de marzo de 2026
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA, SIN COSTAS
Hechos
VISTO: Teniendo únicamente presente que el artículo 447 del Código de Procedimiento Civil, faculta a la parte interesada para realizar gestiones en el evento que el o los bienes embargados excedan de los necesarios para responder a la demanda ejecutiva, no siendo, por tanto, función jurisdiccional realizar una actividad oficiosa en este sentido, SE REVOCA, en lo apelado y sin costas del recurso, la resolución de veintiocho de enero de dos mil veintiséis, dictada por el Primer Juzgado de Letras en lo Civil de Concepción, en los autos rol C-2884-2021, del ingreso de dicho tribunal y, en su lugar, se tiene presente el bien inmueble señalado por la parte ejecutante para la traba del embargo. Devuélvase. N° Civil-400-2026.
Fallo
por tanto, función jurisdiccional realizar una actividad oficiosa en este sentido, SE REVOCA, en lo apelado y sin costas del recurso, la resolución de veintiocho de enero de dos mil veintiséis, dictada por el Primer Juzgado de Letras en lo Civil de Concepción, en los autos rol C-2884-2021, del ingreso de dicho tribunal y, en su lugar, se tiene presente el bien inmueble señalado por la parte ejecutante para la traba del embargo. Devuélvase. N° Civil-400-2026.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción CVF/cms Concepción, veinticuatro de marzo de dos mil veintiséis. VISTO: Teniendo únicamente presente que el artículo 447 del Código de Procedimiento Civil, faculta a la parte interesada para realizar gestiones en el evento que el o los bienes embargados excedan de los necesarios para responder a la demanda ejecutiva, no siendo, por tanto, función jurisdiccional realizar una act
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