SIN INFORMACION

GALLARDO/CONSALUD S.A

Rol

Fecha

24 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que comparecen las abogadas Constanza Falconi de la Cerda y María Elena Vergara Rocha, en representación de don Guillermo Enrique Gallardo Ramírez, quienes interponen recurso de protección en contra de Isapre Consalud S.A., por el acto que califican de ilegal y arbitrario consistente en denegar la cobertura de los medicamentos Tremelimumab y Durvalumab, necesarios para el tratamiento del carcinoma hepatocelular con daño hepático crónico (Etapa IV) que padece el recurrente, vulnerando el artículo 19 N°1 de la Constitución Política de la República. Segundo: Que, evacuando el informe correspondiente, Isapre Consalud S.A. solicitó el rechazo del recurso en todas sus partes, alegando, en primer término, la improcedencia del mismo por litispendencia, atendido que la controversia se encontraría sometida al conocimiento de la Superintendencia de Salud; y, en cuanto al fondo, sostuvo la inexistencia de un acto ilegal o arbitrario, por cuanto la negativa de cobertura se fundaría en que los medicamentos reclamados corresponden a tratamientos de carácter ambulatorio, no contemplados en el Arancel Fonasa ni en el arancel propio de la Isapre, agregando que el plan de salud del afiliado excluye expresamente la cobertura de inmunoterapias. Agrega, finalmente, que de manera extracontractual la recurrida resolvió otorgar cobertura a ambos tratamientos, disminuyendo sustancialmente el copago respectivo. Tercero: Que la acción de protección de garantías constitucionales, establecida en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye un mecanismo jurisdiccional cautelar destinado a restablecer el imperio del derecho cuando, por causa de actos u omisiones arbitrarias o ilegales, se produce la privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de alguna de las garantías explícitamente enumeradas en dicha disposición. Para su procedencia, se requiere la concurrencia copulativa de un acto u omisión ilegal o arbitrario, y

Fallo

Por estas consideraciones, y de conformidad, además, con lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de GUILLERMO ENRIQUE GALLARDO RAMÍREZ en contra de Isapre Consalud S.A. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol N°1283-2026.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de marzo de dos mil veintiséis. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que comparecen las abogadas Constanza Falconi de la Cerda y María Elena Vergara Rocha, en representación de don Guillermo Enrique Gallardo Ramírez, quienes interponen recurso de protección en contra de Isapre Consalud S.A., por el acto que califican de ilegal y arbitrario consistente en den

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