LINARES Y COMPAÑIA LTDA./8 JUZGADO CIVIL SANTIAGO
Rol
Fecha
24 de marzo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Elizabeth López Urra, abogada, en representación de la ejecutada, Linares y Cía. SpA, en juicio ejecutivo Rol Nº C-13284-2024, seguidos ante el 8° Juzgado Civil de Santiago e interpone verdadero recurso de hecho en contra de la resolución de 30 de julio de 2025, dictada por dicho tribunal, que declaró inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido en contra de la resolución que rechazó la suspensión del procedimiento, producto de la interposición de un incidente de nulidad procesal. Funda su pretensión en que, con fecha 16 de julio de 2025, promovió incidente de nulidad conforme al artículo 83 del Código de Procedimiento Civil, atendido que la receptora judicial certificó haber notificado y requerido de pago a una persona jurídica distinta —Linares y Moreira SpA— por error, en lugar de su representada. Indica que, junto con el incidente, solicitó suspensión del procedimiento, lo que fue rechazado por el tribunal con fundamento en el artículo 81 del mismo cuerpo legal, norma que estima inaplicable por referirse a incidentes vinculados a la rebeldía. Frente a ello, dedujo reposición con apelación subsidiaria, la que fue rechazada, declarándose inadmisible la apelación. Alega que la resolución impugnada constituye un decreto que altera la sustanciación regular del juicio o recae sobre trámites no expresamente ordenados por la ley, por lo que resulta apelable conforme al artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual la negativa a conceder la apelación resulta improcedente. Añade que lo resuelto vulnera su derecho al debido proceso y, en particular, el derecho al recurso. Solicita, en definitiva, que se acoja el recurso de hecho, se deje sin efecto la resolución que denegó la apelación y se tenga por concedido dicho recurso para su conocimiento por el tribunal de alzada. Segundo: Que el magistrado suplente del 8° Juzgado Civil de Santiago, Santiago Pablo Quevedo Ríos, evacuó su informe, s
Fundamentos
considerando anterior, es un auto o decreto que, por lo demás, no altera la sustanciación regular del juicio, toda vez que la no suspensión del proceso no constituye para las partes un derecho permanente, ni tampoco dicha negativa resuelve un incidente que servirá de base para la dictación de una sentencia definitiva o interlocutoria posterior. Sexto: Que, en consecuencia, la resolución recurrida, al denegar la apelación interpuesta en contra de lo resuelto el día veintitrés de julio de dos mil veinticinco, se ajusta a derecho, pues, conforme a lo reseñado en el motivo precedente, no resulta aplicable la norma prevista en el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil.
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 158, 170, 187, 188, 194, 203 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE RECHAZA el verdadero recurso de hecho interpuesto por la abogada Elizabeth López Urra, en representación de la ejecutada, Linares y Cía. SpA, en autos ejecutivos seguidos ante el 8° Juzgado Civil de Santiago, causa rol Rol Nº C-13284-2024, en contra de la resolución de treinta de julio de dos mil veinticinco. Regístrese, comuníquese y archívese. N° Civil-13201-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de marzo de dos mil veintiséis. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Elizabeth López Urra, abogada, en representación de la ejecutada, Linares y Cía. SpA, en juicio ejecutivo Rol Nº C-13284-2024, seguidos ante el 8° Juzgado Civil de Santiago e interpone verdadero recurso de hecho en contra de la resolución de 30 de julio de 2025, dictada por di
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