SIN INFORMACION

SANHUEZA SANHUEZA / SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO SUR - HOSPITAL BARROS LUCO TRUDEAU

Rol

Fecha

24 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Edith Sanhueza Sanhueza, persona mayor de 71 años, jubilada, domiciliada en Cienfuegos N°41, comuna de Santiago, interpone acción constitucional de protección en contra del Hospital Barros Luco Trudeau, con motivo de la omisión consistente en negarle injustificadamente atención médica urgente. Explica que el año 2010 fue diagnosticada con diversas patologías, entre ellas, lupus y síndrome de Sjogren. Posteriormente, en el año 2018, se le diagnosticó un aneurisma de aorta abdominal, patología vascular grave y potencialmente mortal. Describe que desde el año 2018, se ha realizado diversos exámenes que han evidenciado el crecimiento progresivo del aneurisma. Detalla que, en el primer examen en el año 2018, el aneurisma medía 4,3 centímetros; en circunstancias que el último de 2024 arrojó una medida de 5,6 centímetros. Refiere que fue derivada al Hospital Barros Luco Trudeau, donde el médico especialista en cirugía vascular le indicó la necesidad de realizar una intervención quirúrgica urgente, ordenándole extremar los cuidados debido al alto riesgo vital asociado a su diagnóstico. Plantea que, en marzo de 2025, se le informó que el aneurisma se acercaba a los 6 centímetros y que era necesario someterla inmediatamente a una intervención quirúrgica. Se programó una cirugía para el 13 de junio de 2025, la que no pudo concretarse debido a la falta de camas disponibles en la Unidad de Cuidados Intensivos. Explica que la intervención fue reprogramada para el mes de julio del mismo año, sin embargo, tampoco se llevó a cabo debido a despidos de personal médico del recinto. Señala que interpuso un reclamo ante el Ministerio de Salud, en cuya tramitación el Hospital recurrido se justificó en la falta de médicos especialistas, sin entregar una solución concreta. Añade que intentó un procedimiento de mediación ante el Consejo de Defensa del Estado, el que no se concretó por falta de comparecencia de los representantes del establecimien

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Edith Sanhueza Sanhueza, en contra del Hospital Barros Luco Trudeau. Sin perjuicio de lo resuelto, el Hospital recurrido adoptará las medidas necesarias para la realización oportuna de la segunda intervención de la paciente. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°541-2026 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veinticuatro de marzo de dos mil veintiséis. A los escritos de folios 15 y 16: téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Edith Sanhueza Sanhueza, persona mayor de 71 años, jubilada, domiciliada en Cienfuegos N°41, comuna de Santiago, interpone acción constitucional de protección en contra del Hospital Barros Luco Trudeau, con motivo de la omisión consistente en negar

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