SIN INFORMACION

MARTÍNEZ OSORIO / ENEL DISTRIBUCION CHILE S.A.

Rol

Fecha

24 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que doña Erika Martínez Osorio, en calidad de Alcaldesa de la I. Municipalidad de San Miguel a la época de presentación del recurso, en representación de Ledwing Bennett Nussuto, domiciliado en Quinta Avenida N°1270, departamento 902, comuna de San Miguel; Guillermo Slimming Rosas, domiciliado en Quinta Avenida N°1270, departamento 1705; y Lorena Pérez Soto, domiciliada en Primera Transversal N°5915, departamento 1001, comuna de San Miguel; deduce acción constitucional de protección en contra de ENEL Distribución S.A. Refiere que el 1 de agosto de 2024 y hasta la fecha de presentación del recurso, esto es, el 5 de ese mes y año, se vieron afectados por un corte de energía eléctrica. Indica que realizaron diversos llamados a fin de informar su situación particular, esto es, que se trata de personas electrodependientes en los términos del artículo 207-1 de la Ley General de Servicios Eléctricos. Manifiesta que el actuar negligente y tardío puso en riesgo a los recurrentes, amenazando su integridad física y psíquica, por no contar con suficiente personal de emergencia para la reparación de las fallas que afectaron la continuidad del suministro. Aduce infracción a lo dispuesto en el artículo 214 del Decreto Supremo N°327 de 10 de septiembre de 1988 en relación con el artículo 207-1 de la Ley General de Servicios Eléctricos. Pide que se acoja el recurso, decretando las medidas pertinentes a fin de que la recurrida restablezca el sistema eléctrico de los inmuebles que los recurrentes. Segundo: Que informa Enel Distribución Chile S.A., al tenor del recurso, solicitando su rechazo. Señala que tras efectuar una revisión del registro de atenciones no se pudieron encontrar incidencias por servicios de emergencia ni del servicio de corte y reposición respecto a los inmuebles individualizados previamente, en el periodo 20 de julio a 6 de agosto de 2024. En consecuencia, asume que el corte denunciado dice relación con el evento masivo qu

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Ledwing Bennett Nussuto, Guillermo Slimming Rosas y Lorena Pérez Soto en contra de ENEL Distribución Chile S.A. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Nº4131-2024 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veinticuatro de marzo de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que doña Erika Martínez Osorio, en calidad de Alcaldesa de la I. Municipalidad de San Miguel a la época de presentación del recurso, en representación de Ledwing Bennett Nussuto, domiciliado en Quinta Avenida N°1270, departamento 902, comuna de San Miguel; Guillermo Slimming Rosas, domiciliado en Quinta

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