SIN INFORMACION

GUERRA/SERVICIO NACIONAL DE. MIGRACIONES

Rol

Fecha

24 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra para interponer acción constitucional de protección en favor de la ciudadana venezolana Rosaura Beatriz Guerra Valdez, empleada, domiciliada en calle Roberto Peragallo N°6469, comuna de Las Condes, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, al haberse dictado la Resolución Exenta N°2500100159743, de 30 de septiembre de 2025, que archiva su solicitud de nacionalización, afectando sus garantías fundamentales. Funda sus pretensiones en que la actora ingresa a Chile en la calidad de turista y encontrándose dentro del territorio nacional cambia su situación migratoria a residente temporal y posteriormente le es otorgada la residencia definitiva, condición que mantiene a la fecha de interposición del recurso. Expresa que el 15 de noviembre de 2022 presentó la carta de nacionalización; el 23 de julio de 2024 es informado que aquella solicitud avanzó a la etapa de análisis y 29 de mayo de 2024 le comunican que su petición estaba incompleta en lo que dice relación a la hoja del pasaporte, por lo cual se le otorga un plazo para subsanar, por lo cual la actora presenta una carta explicativa indicando la imposibilidad cumplir lo solicitado, además de requerir una ampliación del plazo para subsanar. Destaca que no le fue solicitado realizar el pago de los derechos de la carta de nacionalización, sin embargo, el 30 de septiembre último se dicta la resolución recurrida en que se ordena archiva solicitud de nacionalización por no haber realizado ese pago, por tanto, estima ilegal y arbitrario que ahora se archive su petición por un motivo que no le fue solicitado con anterioridad ni se especifica cuando se notificó. Finalmente solicita con el recurso que se deje sin efecto la resolución impugnada, pronunciándose dentro del plazo de 60 días sobre su carta de nacionalización, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho, con costas. Segundo: Que

Fallo

por tanto, estima ilegal y arbitrario que ahora se archive su petición por un motivo que no le fue solicitado con anterioridad ni se especifica cuando se notificó. Finalmente solicita con el recurso que se deje sin efecto la resolución impugnada, pronunciándose dentro del plazo de 60 días sobre su carta de nacionalización, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho, con costas. Segundo: Que evacua el informe respectivo el Servicio Nacional de Migraciones quien solicita se rechace la presente acción constitucional, con costas, por no existir un acto ni omisión arbitraria o ilegal que amenace garantías fundamentales. Reconoce que la actora es titular del beneficio de permanencia definitiva; que el 15 de noviembre de 2022 solicita la carta de nacionalización; y que en este contexto la autoridad solicitó a la Policía de Investigaciones informar los movimientos migratorios que registra el recurrente. Sostiene que el 14 de julio de 2023, mediante Comunicación Electrónica Folio N°42465974, del Servicio Nacional de Migraciones, se le pide enviar dentro de 60 días el certificado de antecedentes del país de origen y un documento que acredite la actividad que desarrolla, acompañando la extranjera el certificado de antecedentes penales de su país de origen y certificado de vigencia del contrato de trabajo. Asevera que el 29 de mayo de 2024, mediante Comunicación Electrónica Folio N°59377416, del Servicio Nacional de Migraciones, se le notifi

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Santiago, veinticuatro de marzo de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra para interponer acción constitucional de protección en favor de la ciudadana venezolana Rosaura Beatriz Guerra Valdez, empleada, domiciliada en calle Roberto Peragallo N°6469, comuna de Las Condes, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, al haber

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