MP C/ NICOLAS ARIEL JESUS SILVA TORRES
Rol
Fecha
24 de marzo de 2026
Materia
ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO. ART. 443.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: 1°) Atendido el mérito del registro de audio y los antecedentes expuestos en la audiencia, se estima justificado el presupuesto material de la medida cautelar de prisión preventiva, en los términos previstos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, respecto del delito de robo en bienes nacionales de uso público, en carácter de frustrado, por el que se ha formalizado al imputado, lo que en todo caso no ha sido cuestionado por la defensa. Dicha conclusión se sustenta en el contenido del parte policial y sus respectivos anexos, incluido un registro audiovisual, todos los cuales dan cuenta de las diligencias que llevaron a la detención del encartado en situación de flagrancia. 2°) Sobre la necesidad de cautela, se concluye que la libertad del imputado es peligrosa para la seguridad de la sociedad, para lo cual se tiene presente que ha sido condenado anteriormente, en noviembre de 2025, por un hecho al que la ley asignada mayor pena y además comete el hecho durante la vigencia de la pena sustitutiva impuesta en dicho proceso, parámetros estos expresamente establecidos por el legislador. A lo anterior se suma la eventual configuración de la agravante del artículo 12 N° 16 del Código Penal, como razonó el juez a quo. 3°) Enseguida, y por las circunstancias anteriores, resulta razonable concluir que la prisión preventiva constituye la única medida cautelar idónea y proporcional para asegurar los fines del procedimiento penal, resultando insuficiente otras medidas menos gravosas para alcanzar dicho objetivo. Conforme lo anterior y visto además lo dispuesto en los artículos 122, 139, 149 y 358 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada por el Juzgado Garantía de Copiapó, en audiencia de quince de marzo en curso, que decretó la prisión preventiva del imputado Nicolás Ariel Jesús Silva Torres, por resultar su libertad peligrosa para la seguridad de la sociedad. Regístrese y devuélvase. Rol Corte: Penal-
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Fecha: veinticuatro de marzo de dos mil veintiséis Sala: Primera Rol Corte: Penal-193-2026 Ruc N°: 2600391390-1 Rit N°: O-1546-2026 Juzgado: Garantía de Copiapó. C.A. de Copiapó Integrantes: ministra señora Erika Villegas Pavlich, ministro señor Carlos Meneses Coloma y abogada integrante señora María Karina Guggiana Varela Relatora: Anita Maluenda Hernández Abogada Asesora M.P.: Francisca Pinochet
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