SULBARAN/MINISTERIO DEL INTERIOR- SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR
Rol
Fecha
24 de marzo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Claudio Quiroga Hinojosa, abogado, en favor de Orlando de Jesús Sulbaran Viloria, de nacionalidad venezolana, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en no emitir pronunciamiento respecto de su solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado presentada con fecha 21 de diciembre de 2022, así como por la falta de emisión del correspondiente estampado electrónico, vulnerando -según expone- las garantías constitucionales consagradas en el artículo 19 N°2 y N°3 de la Constitución Política de la República. Señala que ingresó al país por paso no habilitado en el año 2021, efectuando posteriormente declaración voluntaria de ingreso clandestino ante la Policía de Investigaciones con fecha 16 de mayo de 2022, y que, habiendo solicitado refugio, su trámite se mantiene en estado “en análisis” sin resolución, pese a haberse informado la correcta tramitación de la prórroga de visa asociada. Expone que dicha inactividad se ha prolongado por más de un año, generándole incertidumbre respecto de su situación migratoria y afectando su estabilidad personal y laboral, detallando sus actividades laborales recientes y cotizaciones previsionales. Sostiene que el retardo vulnera los principios de celeridad y eficiencia consagrados en la Ley N°19.880, afectando además el debido proceso al no resolverse dentro de un plazo razonable, invocando jurisprudencia en tal sentido. Solicita se declare ilegal la omisión denunciada, se acoja el recurso y se ordene al servicio recurrido emitir pronunciamiento dentro de plazo determinado, restableciendo el imperio del derecho. Segundo: Que, Antonio Emilio Beltrán Henríquez y Marcelo Alonso Andrés Rivera Compan, abogados, en representación del Servicio Nacional de Migraciones, informan solicitando el rechazo del recurso, señalando que la solicitud de refugio del recurrente fue iniciada el 21 de diciembre de
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, la acción de protección impetrada en favor de Orlando de Jesús Sulbaran Viloria y en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-20610-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de marzo de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Claudio Quiroga Hinojosa, abogado, en favor de Orlando de Jesús Sulbaran Viloria, de nacionalidad venezolana, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en no emitir pronunciamiento respect
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