1º JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE PEUMO

MP C/ OCTAVIO ALARCON GOMEZ

Rol

Fecha

24 de marzo de 2026

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: 1° Que, en alzada corresponde conocer el recurso de apelación deducido por la defensa del imputado Octavio Enrique Alarcón Gómez, en contra de la resolución dictada con fecha 16 de marzo de 2026 por el Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Peumo, que decretó su prisión preventiva por peligro para la seguridad de la víctima. 2° Que, la defensa cuestiona la concurrencia de los presupuestos contemplados en el artículo 140 letras a) y b) del Código Procesal Penal, sosteniendo que los hechos corresponderían a una dinámica de agresiones recíprocas y que la entidad de las lesiones de la víctima no alcanzaría el carácter de graves, agregando que las condenas pretéritas del imputado se encontrarían prescritas, de modo que no concurriría la necesidad de cautela exigida por la letra c) del citado precepto. 3° Que, del mérito de los antecedentes expuestos en audiencia, aparece suficientemente justificada, en esta etapa procesal, la existencia del delito de lesiones graves en contexto de violencia intrafamiliar y de amenazas, así como la participación del imputado en calidad de autor, desde que la sindicación directa de la víctima se encuentra corroborada por el dato de atención de urgencia que da cuenta de lesiones de consideración, incluida fractura nasal, fotografías y radiografía acompañadas, además de otros antecedentes que dan coherencia al relato fáctico formalizado, elementos que permiten tener por concurrentes, al menos con el estándar de esta fase, las exigencias de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. 4° Que, en cuanto a la necesidad de cautela, se advierte la concurrencia de antecedentes calificados que permiten estimar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la víctima, atendida la gravedad concreta de los hechos, la naturaleza del vínculo de convivencia entre imputado y víctima, y muy especialmente, la pauta de riesgo calificada como “alto vital”, así como los antecedentes penales pretéritos de

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, veinticuatro de marzo de dos mil veintiséis. Vistos: 1° Que, en alzada corresponde conocer el recurso de apelación deducido por la defensa del imputado Octavio Enrique Alarcón Gómez, en contra de la resolución dictada con fecha 16 de marzo de 2026 por el Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Peumo, que decretó su prisión preventiva por peligro para la seguridad de la

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