JUZGADO DE GARANTIA DE VIÑA DEL MAR

MP C/ ANIBAL ANTONIO ARAYA MARTINEZ

Rol

Fecha

24 de marzo de 2026

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto: 1°) Que, por resolución de 24 de octubre de 2023, el juez a quo resolvió mantener la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva del sentenciado, arbitrándose las medidas para el cumplimiento de la referida pena sustitutiva impuesta el 20 de junio de 2023. Y encontrándose en esta situación, se le condena por la comisión de un nuevo delito el 27 de febrero de 2024, ilícito acecido durante el cumplimiento de la pena sustitutiva, específicamente el 4 de noviembre de 2023. 2°) Que, el inciso segundo del artículo 24 de la Ley N°18.216, establece expresamente que "El condenado a una pena sustitutiva deberá presentarse a Gendarmería de Chile, dentro del plazo de cinco días, contado desde que estuviere firme y ejecutoriada la sentencia. Si transcurrido el referido plazo el condenado no se presentare a cumplirla, dicho organismo informará al tribunal de tal situación. Con el mérito de esta comunicación, el juez podrá despachar inmediatamente una orden de detención." 3°) Que, en consecuencia, habiéndose acreditado el quebrantamiento de la pena impuesta, el tribunal recurrido ha actuado apegado a derecho al revocar la pena sustitutiva impuesta por el solo ministerio de la ley, sujetándose expresamente a lo ordenado por el artículo 27 de la Ley 18.216, revocando por lo tanto la pena sustitutiva quebrantada. 4°) Que, opinar en contrario importaría dejar al arbitrio y voluntad del sentenciado la época en que inicia el cumplimiento de la pena sustitutiva que le fue impuesta, más aún como se señaló en el numeral segundo precedente la fecha de inicio del cumplimiento de la sentencia se encuentra legalmente fijado al día quinto de su ejecutoria, según expresamente lo ordena el artículo 24 de la Ley 18.216. Y de conformidad con lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de doce de marzo de dos mil veintiséis, que revocó la pena sustitutiva concedida al imputado Aníbal Antonio Araya Martínez, debiendo cumplir la pena de maner

Texto Completo (Preview)

Sfg C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a veinticuatro de marzo de dos mil veintiséis, se da inicio a esta audiencia a las 10:35 horas, ante la Tercera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por el Ministro señor Vicente Hormazábal Abarzúa e integrada por el Ministro señor Rafael Corvalán Pazols y por la Ministra Suplente señora Ingrid Alvial Figuero

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