SIN INFORMACION

G.F.A.H./JUZGADO DE GARANTÍA DE MELIPILLA

Rol

Fecha

24 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Mauricio Riveaud Ortiz, abogado, interpone recurso de amparo en favor de Glinis Francoise Aballay Hernández, en contra de la resolución dictada el 20 de marzo de 2026 por el Juzgado de Garantía de Melipilla, en la causa RIT 202-2024, mediante la cual se ordenó su detención e ingreso en prisión preventiva. Señala el recurrente que la amparada se encontraba originalmente sujeta a dicha medida cautelar, la que fue suspendida con fecha 10 de julio de 2024 para permitirle cumplir efectivamente una pena de cinco años y un día impuesta en la causa RIT 3236-2021. Expone que, en el marco de la ejecución de dicha condena, la Unidad Especializada de Responsabilidad Penal Adolescente sustituyó la modalidad de cumplimiento por el saldo de 650 días bajo el régimen de libertad asistida especial con internación parcial, siendo trasladada al centro correspondiente. Indica que, al tomar conocimiento de esta sustitución, el tribunal recurrido estimó que la imputada se encontraba en libertad, razón por la cual dispuso nuevamente su ingreso en prisión preventiva, despachando orden de detención en su contra, actuación que —según sostiene— se realizó de oficio, sin solicitud del Ministerio Público ni debate previo. Segundo: Que, evacuando el informe solicitado, el juez del Juzgado de Garantía de Melipilla expone que ante dicho tribunal se tramita la causa RIT 202-2024 seguida en contra de la amparada por diversos delitos previstos en la Ley N°17.798, el Código Penal y la Ley N°20.000, señalando que la imputada fue formalizada el 19 de enero de 2024, oportunidad en que se decretó en su contra la medida cautelar de prisión preventiva. Agrega que posteriormente el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Melipilla dictó sentencia condenatoria en su contra el 24 de junio de 2024 en causa diversa, imponiéndole una sanción de cinco años y un día de internación en régimen cerrado con programa de reinserción social, motivo por el cual, el 10 de julio de 2

Fundamentos

considerando el cambio en el régimen de cumplimiento de la sanción que motivó originalmente la suspensión de dicha medida. Séptimo: Que, en tales condiciones, la actuación del tribunal recurrido importa una afectación a los derechos de la recurrente en cuanto se prescindió de una instancia de discusión contradictoria respecto de la procedencia de la cautelar que la afecta, circunstancia que esta Corte estima necesario corregir mediante la adopción de medidas destinadas a restablecer el imperio del derecho.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el Auto acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de amparo deducido en favor de Glinis Francoise Aballay Hernández, solo en cuanto se ordena al Juzgado de Garantía de Melipilla citar, a la brevedad, a una audiencia en la causa RIT 202-2024, con la comparecencia de los intervinientes, a fin de debatir y resolver la situación cautelar de la imputada conforme a derecho. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° 398-2026 Amparo

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veinticuatro de marzo de dos mil veintiséis. Al folio 8 y 9: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Mauricio Riveaud Ortiz, abogado, interpone recurso de amparo en favor de Glinis Francoise Aballay Hernández, en contra de la resolución dictada el 20 de marzo de 2026 por el Juzgado de Garantía de Melipilla, en la causa RIT 202-2024, mediante la cual se ordenó su de

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