BRAVO/TRANSPORTES JAIME DAVID LIMITADA
Rol
Fecha
23 de marzo de 2026
Materia
PRESTACIONES
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: En causa RIT O-161-2024 del Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó, compareció el abogado Rodrigo Andrés Valdivia Merino, en representación de la parte demandante en causa caratulada “BRAVO con TRANSPORTES JAIME DAVID LIMITADA”, quien interpuso recurso de nulidad en contra de la sentencia de 21 de octubre de 2024, la que rechaza sin costas la demanda interpuesta por despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones, fundado en la causal de nulidad prevista en el artículo 478 letra c), por entender que es necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos, pero sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior. OIDO LOS INTERVINIENTES Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el recurrente señala como causal, esto es, la signada en el artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, esto es, por entender que es necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos, pero sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior. En la especie, según sostiene, la juez del grado ha dictado la sentencia estimando que los atrasos en el pago de las cotizaciones previsionales no pueden estimarse como graves, de acuerdo a lo señalado en el considerando 12º de la sentencia recurrida En este sentido, el fallos sostuvo que qué hubo dos cotizaciones atrasadas, posteriores a la fecha de comunicación de la auto despido y que ello no podía calificarse como grave atendida a la extensión del vínculo laboral. Enseguida, profundiza acerca de la gravedad de las omisiones imputadas al empleador, manifestando la gravedad que conlleva el no pago de cotizaciones previsionales. A continuación, acompaña jurisprudencia de nuestro más alto tribunal en apoyo de su tesis. En base a ello, solicitó acoger el recurso, en razón de haberse dictado la sentencia por las infracciones denunciadas, para que esta resuelva que se invalida la sentencia y, acto seguido, y sin nueva vista de la causa, se dicte una sentencia de reemplazo que acoja la demanda interpuesta por su representado, con expresa condenación en costas. SEGUNDO.- Que, de la lectura del
Fallo
fallo impugnada puede colegirse que el sentenciador, en el considerando 8º ha fijado los hechos que estima como acreditados, siendo estos, los que establecen la existencia de una relación laboral, a la que se le pone término por iniciativa del demandante, quien el 22 de febrero de 2024 comunica su auto despido, ocupando la causal del artículo 160 número siete del código del trabajo, acreditándose además que se auto despido fue indebido Además, puede advertirse que en el considerando 12º el tribunal razona en torno a la calificación de indebido de ese auto despido, y expresa allí argumentos atingentes y razonables por los cuales se estima que el empleador no incumplió gravemente sus obligaciones laborales, detallando y pormenorizando los itemes alegados por el demandante. En concreto, en lo relativo al no pago de las cotizaciones previsionales, señala una deuda exclusivamente por dos cotizaciones pagadas con posterioridad a la fecha de comunicación del auto despido, lo que estima no puede calificarse como grave incumplimiento. TERCERO.- Que, en primer término, cabe tener presente que el recurso de nulidad es de derecho estricto, lo que implica que quién hace uso de él, para los efectos que su interposición pueda prosperar, debe ceñirse cabalmente a las normas que lo instituyeron y al claro tenor de las causales que habilitan su configuración. En consecuencia, para fundar legalmente el recurso, en relación a la causal ocupada, deben respetarse los hechos que el tribunal de pr
Texto Completo (Preview)
Talca, de veintitrés de marzo de dos mil veintiséis. VISTOS: En causa RIT O-161-2024 del Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó, compareció el abogado Rodrigo Andrés Valdivia Merino, en representación de la parte demandante en causa caratulada “BRAVO con TRANSPORTES JAIME DAVID LIMITADA”, quien interpuso recurso de nulidad en contra de la sentencia de 21 de octubre de 2024, la que rechaza sin
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica