26º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

MASSUH/INMOBILIARIA E INVERSIONES NIMOCA S.A. - (ACUM. I.C. N°4179-2024,11415-2025 Y 945-2026) - VUELVE A TABLA

Rol

Fecha

23 de marzo de 2026

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA

Resultado

DE FALLO

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Hechos

Vistos: I.- En cuanto al recurso de apelación Rol Corte N°15199-2023: Atendido el mérito de los antecedentes, compartiendo los

Fundamentos

fundamentos esgrimidos por el tribunal a quo y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de seis de septiembre de dos mil veintitrés, dictada en el cuaderno de medida prejudicial, por el 26° Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol C-26064-2019. II.- En cuanto al recurso de apelación Rol Corte N°4179-2024: Atendido lo manifestado en la vista de la presente causa por el abogado Sergio Rodríguez Oro en representación de la recurrente demandada doña Claudia Vivaldi Sacco, en cuanto se desiste del recurso de apelación interpuesto contra la resolución de treinta de agosto de dos mil veintitrés, dictada en el cuaderno principal, por el 26° Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol C-26064-2019, téngase por desistida a esa parte del mencionado recurso. En cuanto a las apelaciones deducidas a folios 119 y 122, por el abogado Michael Niedmann Honour, por sí y en representación de los demandados Capital Legal S.A., NV Asesorías Legales Limitada y Michael Niedmann Servicios Legales E.I.R.L., y por el abogado Rodrigo Quintana Meléndez, en representación del demandante Gabriel Massuh Isaías, respectivamente: Atendido el mérito de los antecedentes y considerando, además, lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de treinta de agosto de dos mil veintitrés, dictada en el cuaderno principal, por el 26° Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol C-26064-2019, con declaración que: a) Se elimina el hecho de prueba número 3. b) Se modifica el hecho de prueba número 5 quedando redactado de la siguiente manera: “Efectividad de carecer las demandadas de legitimidad pasiva”. c) Se agrega el hecho de prueba solicitado por el demandante respecto de la demanda principal: “Efectividad de haberse formalizado investigación en contra de los demandados como autores del delito de estafa, debido a los mismos hechos objeto del presente juicio. Estado de la causa e investigación penal”. d) Se modifica el hecho de prueba número 6, cuya redacción definitiva es: “Efectividad de haberse producido un daño a los demandantes reconvencionales Nibaldo Alfredo Jaque Zúñiga e Inmobiliaria e Inversiones Nimoca S.A por una acción u omisión dolosa por parte del demandado reconvencional Gabriel José Massuh Isaías. Relación de causalidad entre el delito o cuasidelito y el daño. Hechos en que se funda”. e) Se modifica el hecho de prueba número 7, con la siguiente redacción definitiva: “Existencia, naturaleza y monto de los perjuicios sufridos por la demandante reconvencional”. El tribunal a quo deberá abrir un término especial de prueba de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 339 del Código de Procedimiento Civil. III.- En cuanto al recurso de apelación Rol Corte N°11415-2025: Que no se ha desmerecido el fumus bonis iuris en base a la transacción alegada, toda vez que la decisión de la misma fue dejada para definitiva, sin perjuicio de lo argumentado por el apodera

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de dos de junio de dos mil veinticinco, dictada en el cuaderno de medida prejudicial precautoria, por el 26° Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol C-26064-2019. IV.- En cuanto al recurso de apelación Rol Corte N°945-2026: Que del mérito de los antecedentes aparece que la parte demandante tuvo motivo plausible para litigar, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución de quince de diciembre de dos mil veinticinco, dictada en el cuaderno de acumulación, por el 26° Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol C-26064-2019, en cuanto se libera de la condena en costas al demandante. Devuélvase. Rol N°15199-2023-Civil (Acumulado Rol N°4179-2024, N°11415-2025 y N°945-2026).

Texto Completo (Preview)

Se anunciaron para alegar revocando los abogados Sergio Rodríguez Oro y Rodrigo Quintana Meléndez, durante 20 y 30 respectivamente. Nicole Ramírez, relatora. Santiago, veintitrés de marzo de dos mil veintiséis. A los escritos de folios 45 y 48: a sus antecedentes. Vistos: I.- En cuanto al recurso de apelación Rol Corte N°15199-2023: Atendido el mérito de los antecedentes, compartiendo los funda

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