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CHÁVEZ HERNÁNDEZ, CONSTANZA/JUZGADO DE GARANTÍA DE LA SERENA Y JUZGADO DE GARANTÍA DE OVALLE

Rol

Fecha

21 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece el abogado Rolando Soto Johnson, interponiendo recurso de amparo en beneficio de CONSTANZA FRANCISCA VALENTINA CHÁVEZ HERNÁNDEZ, actualmente recluida en Complejo Penitenciario de Alto Hospicio, dirigido en contra del JUZGADO DE GARANTÍA DE LA SERENA, y en contra del JUZGADO DE GARANTÍA DE OVALLE, por la omisión que señala como ilegal, consistente en no resolver la prescripción de una pena impuesta a la amparada el año 2022 por un ilícito de hurto simple frustrado, vulnerando con ello el derecho a la libertad personal y seguridad individual de la amparada, del artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Señala que la amparada fue condenada en causa RIT N°2544-2022 del Juzgado de Garantía de Ovalle, mediante sentencia ejecutoriada de 15 de septiembre de 2022, a la pena de 41 días de prisión en su grado máximo por el delito de hurto simple frustrado, sanción que reviste el carácter de pena de falta, cuyo plazo de prescripción es de seis meses conforme al artículo 97 del Código Penal. Agrega que, no obstante haber transcurrido con creces dicho plazo sin haberse iniciado su cumplimiento efectivo, y habiéndose solicitado reiteradamente la declaración de prescripción y el correspondiente sobreseimiento definitivo, ninguno de los tribunales recurridos ha resuelto el fondo de dicha petición. Señala que el Juzgado de Garantía de Ovalle se ha declarado incompetente para conocer de la solicitud, derivando la misma al Juzgado de Garantía de La Serena, mientras que este último ha sostenido su competencia únicamente respecto de la ejecución de la pena sustitutiva, limitándose a fijar audiencias y requerir antecedentes sin resolver la procedencia de la prescripción, generándose así una situación de indefinición que impide la extinción formal de la responsabilidad penal de la amparada. Alega que tal omisión resulta ilegal, por cuanto los artículos 97, 98 y 102 del Código Penal obligan al tribunal a declarar de oficio la prescripción de la pena cuando concurren sus presupuestos, lo que en la especie se verifica al tratarse de una pena de falta, ejecutoriada en el año 2022, respecto de la cual ha transcurrido el plazo legal sin que se haya dispuesto su cumplimiento efectivo. Añade que esta inactividad jurisdiccional vulnera además los principios de juridicidad consagrados en los artículos 6° y 7° de la Constitución, al implicar una actuación fuera del ámbito de competencia o una omisión en el ejercicio de la misma. Sostiene que la mantención de la condena sin declarar su prescripción ha generado un perjuicio actual, toda vez que la amparada se encuentra privada de libertad en otra causa, y la existencia de dicha anotación le impide acceder a beneficios procesales y a la consideración de irreprochable conducta anterior, afectando directamente su libertad personal y seguridad individual. En razón de lo expuesto, solicita se acoja la acción de amparo y, en definitiva, se restablezca el imperio del derecho de

Fallo

fallo cautela urgente que adoptar, el recurso de amparo deberá ser desestimado al haberse subsanado la omisión que dio sustento a la acción, lo que necesariamente lleva a concluir que aquella ha perdido oportunidad. Por los motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de amparo deducido a favor de Constanza Francisca Valentina Chávez Hernández en contra del Juzgado de Garantía de La Serena y del Juzgado de Garantía de Ovalle. Comuníquese, regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N°154-2026 Amparo.-

Texto Completo (Preview)

Chávez Hernández, Constanza Francisca Valentina Juzgado de Garantía de La Serena y otro Recurso de Amparo Rol Nº154-2026 La Serena, veintiuno de marzo de dos mil veintiséis. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece el abogado Rolando Soto Johnson, interponiendo recurso de amparo en beneficio de CONSTANZA FRANCISCA VALENTINA CHÁVEZ HERNÁNDEZ, actualmente recluida en Complejo Penitenciario de A

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