SIN INFORMACION

MADARIAGA/3 JUZGADO CIVIL DE ANTOFAGASTA

Rol

Fecha

20 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Comparece Andrés Bruna Ortiz, abogado, en representación de la parte demandante en autos seguidos ante el Tercer Juzgado de Letras Civil de Antofagasta, caratulados "Madariaga con Lopera", rol C-548-2024, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución dictada el 2 de febrero de 2026, que declaró inadmisible el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de 23 de enero de 2026, la que, a su vez, rechazó el recurso de reposición interpuesto en contra de la resolución de 9 de enero de 2026, que tuvo por confesa a la parte demandante de los hechos categóricamente afirmados en el pliego de posiciones. Informa Carlos Salazar Valenzuela, juez subrogante del Tercer Juzgado de Letras Civil de Antofagasta, al tenor del recurso de hecho interpuesto. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurrente funda su recurso de hecho señalando que el 9 de enero 2026, el tribunal a quo tuvo por confesa a su representada de los hechos categóricamente afirmados en el pliego de posiciones ofrecido por la parte demandada. Agrega que el 15 de enero de 2026, dedujo recurso de reposición en contra de dicha resolución, el que fue rechazado por el tribunal mediante resolución de 23 de enero de 2026. Refiere que el 29 de enero de 2026, interpuso recurso de apelación en contra de la resolución que rechazó la reposición, el cual fue declarado inadmisible por el tribunal a quo mediante resolución de 2 de febrero de 2026, invocando los artículos 181 y 188 del Código de Procedimiento Civil. Sostiene que la resolución de 23 de enero de 2026, que rechazó la reposición, tiene la naturaleza jurídica de sentencia interlocutoria, por cuanto falla un incidente del juicio estableciendo derechos permanentes en favor de las partes, en tanto mantuvo la resolución de 9 de enero que tuvo a su representada por confesa. En consecuencia, arguye que resulta plenamente aplicable el artículo 187 del Código de Procedimiento Civil, que otorga el recurso de apelación a todas las sentencias definitivas e interlocutorias de primera instancia. En apoyo de su postura, invoca la sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca, de 20 de marzo de 2020, dictada en causa rol N° 17-2020, que calificó resoluciones de similar tenor como sentencias interlocutorias que fallan un incidente estableciendo derechos permanentes en favor de las partes. Finalmente, solicita tener por interpuesto el recurso de hecho y se conceda el recurso de apelación interpuesto. SEGUNDO: Que evacúa informe Carlos Salazar Valenzuela, juez subrogante del Tercer Juzgado de Letras Civil de Antofagasta. Expone que el 15 de enero de 2026, la parte demandante interpuso, dentro de plazo legal y conforme al artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, recurso de reposición en contra de la resolución de 9 de enero de 2026, que la tuvo por confesa de todos los hechos categóricamente afirmados en el pliego de posiciones. El 20 de enero de 2026, la parte demandada evacuó el traslado conferido, solicitando el rechazo del recurso. El 23 de enero de 2026, el tribunal rechazó la reposición intentada, advirtiendo que los argumentos de la demandante resultaban análogos a los vertidos en incidentes previos de nulidad procesal y de corrección del procedimiento, sobre los cuales ya se había pronunciado mediante resoluciones de 2 y 7 de enero de 2026, respectivamente. Hace presente que la misma alegación había motivado, con anterioridad, un recurso de apelación que fue declarado inadmisible por esta Corte mediante resolución de 6 de febrero de 2026, en causa rol ingreso N° 95-2026. Indica que el 29 de enero de 2026, la recurrente dedujo recurso de apelación en contra de la resolución que rechazó la reposición, el que fue declarado inadmisible por improcedente mediante resolución de 2 de febrero d

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 158, 181, 186, 187, 188 y 196 del Código de Procedimiento Civil, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de hecho interpuesto por Andrés Bruna Ortiz, abogado, en representación de la parte demandante, en contra de la resolución de dos de febrero de dos mil veintiséis, dictada en la causa rol C-548-2024, seguida ante el Tercer Juzgado de Letras Civil de Antofagasta, que declaró inadmisible el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de veintitrés de enero de dos mil veintiséis. Regístrese y comuníquese. Rol 234-2026 (Civil-hecho) 2

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a veinte de marzo de dos mil veintiséis. VISTOS: Comparece Andrés Bruna Ortiz, abogado, en representación de la parte demandante en autos seguidos ante el Tercer Juzgado de Letras Civil de Antofagasta, caratulados "Madariaga con Lopera", rol C-548-2024, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución dictada el 2 de febrero de 2026, que declaró inadmisible el recurso de ape

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