SIN INFORMACION

RODRÍGUEZ BOMBAL KATHERINE MARINA CONTRA QUIROZ FUENZALIDA MARIA VERONICA Y OTROS

Rol

Fecha

20 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, en los presentes autos se deduce recurso de amparo en contra de la resolución dictada por la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones, la que fue presidida en dicha oportunidad por la ministra señora María Verónica Quiroz Fuenzalida, e integrada por la ministra señora Nora Bahamondes Acevedo y por la abogada integrante señora Paula Lepe Caiconte, quienes conociendo del recurso de apelación en causa Rol N°175-2026 Penal, confirmaron la prisión preventiva decretada en contra del recurrente el 06 de marzo de 2026. SEGUNDO: Que, el artículo 66 del Código Orgánico de Tribunales, reza: “El conocimiento de todos los asuntos entregados a la competencia de las Cortes de Apelaciones pertenecerá a las salas en que estén divididas, a menos que la ley disponga expresamente que deban conocer de ellos en pleno. Cada sala representa a la Corte en los asuntos de que conoce.”. TERCERO: Que, atento a lo ordenado en la norma trascrita precedentemente, esta Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Arica, está impedida de revisar la decisión adoptada por otra Sala del mismo tribunal de alzada, a través de una acción de amparo, toda vez que, de conformidad a lo que señala el inciso segundo del artículo 66 del Código Orgánico de Tribunales, cada sala representa a la Corte en los asuntos de que conoce. Por estas consideraciones y normas citadas, se declara Inadmisible el recurso deducido por la abogada Marlen Morales Sánchez, en representación de Katherine Marina Rodríguez Bombal en contra de la Segunda Sala de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Arica presidida por la ministra señora María Verónica Quiroz Fuenzalida, e integrada por la ministra señora Nora Bahamondes Acevedo y por la abogada integrante señora Paula Lepe Caiconte. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. N° Amparo-120-2026

Fallo

Por estas consideraciones y normas citadas, se declara Inadmisible el recurso deducido por la abogada Marlen Morales Sánchez, en representación de Katherine Marina Rodríguez Bombal en contra de la Segunda Sala de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Arica presidida por la ministra señora María Verónica Quiroz Fuenzalida, e integrada por la ministra señora Nora Bahamondes Acevedo y por la abogada integrante señora Paula Lepe Caiconte. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. N° Amparo-120-2026

Texto Completo (Preview)

Arica, veinte de marzo de dos mil veintiséis Atendido el mérito del certificado precedente, téngaseles por inhabilitadas de conocer de los presentes antecedentes a las ministras María Verónica Quiroz Fuenzalida, Nora Bahamondes Acevedo y la abogada integrante Paula Lepe Caiconte. Pronunciándose sobre la admisibilidad de la presente acción constitucional: VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, e

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