SIN INFORMACION

VIDAL/AFP PROVIDA S.A.

Rol

Fecha

18 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Luis Gonzalo Cornejo Chávez, en favor de Evelin del Valle Vidal Camargo, de nacionalidad venezolana, geóloga, interponiendo acción constitucional de protección en contra de A.F.P. Provida S.A., por el acto ilegal y arbitrario notificado el 16 de septiembre de 2025, que rechazó su solicitud de retiro de fondos para extranjero, con el fin de que se adopten las medidas que se estimen necesarias para restablecer el imperio del derecho. Indica que ha prestado servicios profesionales y que durante todo el curso de esa prestación se le ha descontado y enterado cotizaciones, habiendo suscrito en cada uno de sus contratos cláusulas previsionales donde manifiesta expresamente su voluntad de acogerse al artículo 1° de la Ley N° 18.156. Expone que solicitó la devolución de los fondos previsionales, de conformidad con la referida Ley, acompañando los documentos requeridos al efecto. Señala que el 16 de septiembre de 2025 recibió un correo indicando que su solicitud estaba “detenida” por falta de constancia de afiliación, por lo que elevó reclamo a la Superintendencia del ramo, sin que a la fecha de recurrir se haya pronunciado o dado alguna respuesta. Luego manifiesta que en correo de 26 de septiembre de 2025 recibió una comunicación informando que su solicitud estaba detenida, lo que no es una forma de resolución, siendo arbitrario el actuar la recurrida. Cita lo informado, en que se le dio cuenta que no se puede rechazar un requerimiento por falta de documentación, estando detenido a la espera de que aporte la documentación faltante, no habiendo adjuntado Constancia de Afiliación al IVSS debidamente apostillado o legalizado. Argumenta que se debe tener en cuenta lo dispuesto por los artículos 1° y 7° de la Ley N° 18.156, que cita y, da cuenta que acompañó a su solicitud toda la documentación solicitada, salvo la apostilla de la constancia que acredita su afiliación al sistema de previsión venezolano, en virtud de no exis

Fallo

por tanto, de un acto trámite o intermedio, motivo suficiente desde ya para rechazar la acción, en razón de no existir un acto que pueda producir una vulneración o privación de las garantías constitucionales reclamadas por el libelo. OCTAVO: Que, sin perjuicio de lo anterior, la decisión de la recurrida de detener el análisis de la solicitud se funda en la exigencia legal relativa al imperativo de que el afiliado lo esté en el extranjero a un régimen de previsión que le otorgue prestaciones “a lo menos, en caso de enfermedad, invalidez, vejez y muerte…”, lo que aparece controvertido en estos autos, sin que documentalmente conste que dicha situación sea efectiva, no siendo controvertido que el documento acompañado por la interesada no se encuentra debidamente legalizado o apostillado, por lo que ningún valor se le puede otorgar en Chile de conformidad con el ordenamiento jurídico nacional. NOVENO: Que, conforme con lo razonado precedentemente y el mérito de los instrumentos adjuntos por la recurrente, no es posible tener por comprobada y satisfecha la exigencia de cobertura previsional de que se trata, de lo que deviene en la decisión de la recurrida de paralizar el análisis de su solicitud a la espera de que acompañe toda la documentación legalmente exigida no importa un acto ilegal o arbitrario que vulnere garantías constitucionales, razones adicionales por las que el presente arbitrio será desestimado. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido e

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de marzo de dos mil veintiséis. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Luis Gonzalo Cornejo Chávez, en favor de Evelin del Valle Vidal Camargo, de nacionalidad venezolana, geóloga, interponiendo acción constitucional de protección en contra de A.F.P. Provida S.A., por el acto ilegal y arbitrario notificado el 16 de septiembre de 2025, que rechazó

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica