ESCORCHA ANGULO PEGGY MERCEDES/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
18 de marzo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que comparecen las abogadas doña Gabriela Hilliger Carrasco y doña Sandra Massiel Cárdenas Vásquez, en representación de PEGGY MERCEDES ESCORCHA ANGULO, de nacionalidad venezolana, e interponen acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Refieren las recurrentes que la amparada ingresó al país en agosto de 2019, por un paso no habilitado, y que, mediante la Resolución Exenta Nº 5210/4604, de fecha 14 de octubre de 2019, dictada por la entonces Intendencia Regional de Tarapacá, se decretó su expulsión del territorio nacional. Alegan que dicha resolución deviene en ilegal, desproporcionada y vulneratoria de su libertad personal, amparándose en el surgimiento de nuevos antecedentes constitutivos de arraigo familiar, consistentes en la celebración de un Acuerdo de Unión Civil en noviembre de 2023, con un ciudadano extranjero con residencia definitiva y la obtención de cédula de identidad por parte de su hija menor en noviembre de 2025. Solicitan que se deje sin efecto la orden de expulsión. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones, representado por los abogados don Antonio Emilio Beltrán Henríquez y don José Ignacio González Troncoso, evacúa su informe solicitando el rechazo de la acción. En lo principal, opone la excepción de cosa juzgada, argumentando que la amparada ya interpuso un recurso idéntico ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Iquique (Rol N° 243-2024), el cual, si bien fue acogido en primera instancia, fue finalmente revocado y rechazado por la Excelentísima Corte Suprema en causa Rol N° 32.048-2024, encontrándose dicha sentencia firme y ejecutoriada. En cuanto al fondo, informa que la resolución de expulsión se ajustó plenamente a la normativa migratoria vigente a la época de su dictación (Decreto Ley N° 1.094), habiéndose constatado el ingreso clandestino de la extranjera, por lo que actuó en el ejercicio legal de sus facultades, sin que exista ilegalidad alguna. Ter
Fallo
por tanto, del presupuesto basilar exigido por la acción intentada: la ilegalidad. Séptimo: Que, por último, los hechos sobrevinientes invocados en el presente recurso respecto del arraigo familiar no logran desvirtuar la legalidad originaria del acto administrativo, máxime cuando la judicatura ya ponderó la suficiencia de dichas circunstancias o su extemporaneidad frente a la sanción migratoria decretada legítimamente, correspondiendo, por tanto, desestimar el arbitrio de tutela. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA la acción de amparo constitucional interpuesta a favor de PEGGY MERCEDES ESCORCHA ANGULO en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese. Amparo N°1090-2026.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de marzo de dos mil veintiséis. A los folios 8 y 9; a lo principal y primer otrosí; téngase presente. Al segundo otrosí; a sus antecedentes. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que comparecen las abogadas doña Gabriela Hilliger Carrasco y doña Sandra Massiel Cárdenas Vásquez, en representación de PEGGY MERCEDES ESCORCHA ANGULO, de nacionalidad venezolana, e i
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