CASTRO/ISAPRE ESENCIAL S.A. INHAB. SEÑOR DE LA BARRA
Rol
Fecha
18 de marzo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Ricardo Osvaldo Celaya Bastidas, en representación de Francisca Alejandra Castro Grell, y deduce recurso de protección en contra de Isapre Esencial S.A., por el acto arbitrario e ilegal en que habría incurrido al rechazar la cobertura de diversas cuentas médicas, lo que vulneraría los derechos que la Constitución Política de la República le reconoce y protege en los Nos 1, 9 y 24 del artículo 19. Expone que el 21 de mayo de 2025 la recurrente sufrió un grave accidente de motocicleta, ingresando bajo la Ley de Urgencia a la Clínica Alemana, donde fue sometida a tres intervenciones quirúrgicas iniciales en su pie izquierdo, muñeca izquierda y mentón. Durante su hospitalización, entre el cuarto y quinto día, fue informada sobre su ingreso por Ley de Urgencia y se le solicitó decidir si continuaba su atención allí o se trasladaba, optando por quedarse en la Clínica Alemana, dado que su Isapre Esencial pertenece al mismo grupo y es beneficiaria del Seguro Todo Alemana. Posteriormente, se efectuó una cuarta intervención quirúrgica en su pie izquierdo el 2 de junio de 2025. Precisa que las atenciones entre el 21 y 25 de mayo de 2025 se efectuaron bajo el amparo de la Ley N° 19.650 como procedimiento de urgencia y la hospitalización con cirugías desde el 2 al 3 de junio de 2025 correspondió a una atención bajo la modalidad de libre elección. Finalmente sobre el punto señala que a la fecha de interposición del recurso no cuenta con el alta médica definitiva, mantiene movilidad reducida, dependencia de silla de ruedas, licencia médica vigente, sesiones de rehabilitación intensiva y tratamiento psicológico y psiquiátrico, lo que le ha generado cuantiosos gastos. A continuación la recurrente indica que se afilió a Isapre Esencial S.A. en junio de 2024, contratando el plan de salud complementario denominado “Plan de Salud Complementario con Prestadores Preferentes” Esencial 60H40A-0224, el cual obliga a la recurrid
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en al Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza el recurso deducido por el abogado Ricardo Osvaldo Celaya Bastidas, en representación de Francisca Alejandra Castro Grell, en contra de Isapre Esencial S.A. Regístrese y archívese. Redacción del Ministro señor Balmaceda. N° 18.142-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de marzo de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Ricardo Osvaldo Celaya Bastidas, en representación de Francisca Alejandra Castro Grell, y deduce recurso de protección en contra de Isapre Esencial S.A., por el acto arbitrario e ilegal en que habría incurrido al rechazar la cobertura de diversas cuentas médicas, lo q
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