MP/JUAN MANUEL CHACÓN CASTRO
Rol
Fecha
18 de marzo de 2026
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: 1° Que, en alzada corresponde conocer el recurso de apelación interpuesto por la defensa en contra de la resolución dictada el 11 de marzo de 2026 por el Juzgado de Garantía de Santa Cruz, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Juan Manuel Chacón Castro, cuestionando la concurrencia de los presupuestos contenidos en la letra a) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, por cuanto el lugar de los hechos no sería habitado o destinado a la habitación, y el encartado tendría irreprochable conducta anterior. 2° Que, del mérito de los antecedentes reunidos en esta etapa primigenia de la investigación, aparece que no fue controvertido que el imputado el día 10 de marzo pasado cerca de las 5:00 horas ingresó, junto a otros dos sujetos, al domicilio ubicado en Callejón Millán N°103 de la comuna de Nancagua, sustrayendo diversas especies, siendo detenido por personal policial mientras huía, encontrándosele un arma blanca y 3 papelillos que dieron positivo a cocaína. Lo anterior, fluye de los videos captados por cámaras de seguridad, la secuencia fotográfica, la declaración de los testigos que observan la dinámica de los hechos, y que a su vez avisan a Carabineros y a la víctima. 3° Que, en este contexto, y sin perjuicio de la versión alternativa sostenida por la defensa en cuanto a que el lugar en que se habría cometido el ilícito no es habitado o destinado a la habitación, lo cierto es que el domicilio en el cual se perpetraron los hechos corresponde a un lugar destinado a la habitación, y el hecho que se encuentre actualmente en remodelación no hace que pierda su naturaleza de inmueble dispuesto para la morada de sus residentes, por lo que en estricto rigor aún sirve de domicilio para la víctima, sin que en esta etapa, con los antecedentes hasta ahora dispuestos, sea factible estimar la recalificación del ilícito formalizado en los términos pretendidos por la defensa. 4° Que, en cuanto a la necesidad de cautela, si bien el imputad
Fundamentos
fundamentos de la resolución en alzada. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 265-2026-Penal.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, dieciocho de marzo de dos mil veintiséis. Vistos: 1° Que, en alzada corresponde conocer el recurso de apelación interpuesto por la defensa en contra de la resolución dictada el 11 de marzo de 2026 por el Juzgado de Garantía de Santa Cruz, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Juan Manuel Chacón Castro, cuestionando la concurrencia de los pres
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