JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE ACHAO

COMBUSTIBLES SURENERGY LIMITADA/SOCIEDAD COMERCIAL EMILIA RUIZ DÍAZ E HIJAS LIMITADA

Rol

Fecha

17 de marzo de 2026

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Con la cuenta de la Relatora y atendido el mérito de los antecedentes, estimándose por estos sentenciadores que la decisión del tribunal a quo se encuentra ajustada a derecho, teniendo presente la demora en notificar la demanda y, en consecuencia, la medida prejudicial, transcurriendo con exceso el plazo legal para practicar la notificación exigida como presupuesto de subsistencia de la referida medida, corresponde decretar el alzamiento de la misma, sin perjuicio de que, si persisten los presupuestos que la justifican, la parte demandante pueda solicitarla nuevamente conforme a los artículos 290 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Por lo anterior y de conformidad a lo señalado en el artículo 186 y siguientes del mismo texto legal, se confirma, la decisión en alzada de fecha siete de agosto de dos mil veinticinco, escrita a folio 17, del cuaderno medida prejudicial, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Achao. Devuélvase. Rol Civil N° 1064-2025.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, diecisiete de marzo de dos mil veintiséis. Vistos: Con la cuenta de la Relatora y atendido el mérito de los antecedentes, estimándose por estos sentenciadores que la decisión del tribunal a quo se encuentra ajustada a derecho, teniendo presente la demora en notificar la demanda y, en consecuencia, la medida prejudicial, transcurriendo con exceso el plazo legal para practicar la noti

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