ZÚÑIGA/JADUE
Rol
Fecha
17 de marzo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 9 de octubre de 2025, comparece Pablo Alarcón Muñoz, abogado, en favor de Nicolás Patricio Alfredo Zúñiga García, funcionario de la Municipalidad de Recoleta, quien interpone recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Recoleta, representada por su alcalde Fares Jadue Leiva, por haber puesto término anticipado y de forma verbal a su contrato a contrata, cuyo vencimiento se encontraba fijado para el 31 de octubre de 2025. Considera dicha actuación ilegal y arbitraria, toda vez que se prescindió de toda fundamentación jurídica y se ejecutó de manera verbal, vulnerando con ello los derechos fundamentales del recurrente que la Constitución Política de la República garantiza a todas las personas, específicamente la igualdad ante la ley consagrada en el artículo 19 N° 2, y el derecho de propiedad establecido en el artículo 19 N° 24, por lo que solicita se adopten las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho. En cuanto los hechos, el recurrente refiere haberse desempeñado como funcionario de la Municipalidad de Recoleta desde el año 2024, tanto en modalidad a contrata como en modalidad de honorarios, por más de un año en cada una de ellas. Mediante Decreto N° 1572, de fecha 30 de septiembre de 2025, su contrata fue prorrogada hasta el 31 de octubre de 2025 y/o mientras fueran necesarios sus servicios. Sin embargo, con fecha 30 de septiembre de 2025, fue citado a una reunión con el administrador municipal, ocasión en que se le informó verbalmente que su contrata no sería prorrogada, invocándose como fundamento un supuesto déficit financiero del municipio, sin que dicha decisión fuese respaldada por acto administrativo alguno. En lo que respecta al derecho, el recurrente sostiene, en primer término, que el término anticipado de su contrata infringe el artículo 10 de la Ley N° 18.834 y el artículo 2° de la Ley N° 18.883, normas que establecen que los empleos a contrata tienen un plazo de dura
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho que la sustentarían, citando en abono de este argumento el
Fallo
fallo N° 5929-2024 de la Excelentísima Corte Suprema, de fecha 6 de junio de 2025, que expresamente señala que la expresión "mientras sean necesarios sus servicios" habilita a la autoridad para prorrogar la vigencia de la contrata, pero no para ponerle término antes de que el plazo fijado expire. En segundo término, alega infracción al principio de motivación de los actos administrativos contenido en el artículo 11 de la Ley N° 19.880, toda vez que la decisión de término anticipado fue comunicada de manera verbal y sin expresión de los fundamentos de hecho y de derecho que la sustentarían, citando en abono de este argumento el fallo N° 16978-2024 de esta Corte, de fecha 28 de noviembre de 2024, que exige que la autoridad motive el acto que pone término anticipado a una contrata. Asimismo, invoca jurisprudencia de la Excelentísima Corte Suprema, en Rol N° 31.312-2018, en cuanto a que para el cómputo del tiempo de servicios debe considerarse la totalidad del período trabajado, incluyendo los períodos bajo modalidad de honorarios. En cuanto a la vulneración de los derechos constitucionales, el recurrente estima que la decisión adoptada por la recurrida lesiona su derecho a la igualdad ante la ley, consagrado en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, al haberle dado un trato discriminatorio respecto de otros funcionarios en situación equivalente que continúan en sus cargos sin haber sido desvinculados mediante sumario administrativo ni calificación defi
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de marzo de dos mil veintiséis. Al escrito folio 14: a todo, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 9 de octubre de 2025, comparece Pablo Alarcón Muñoz, abogado, en favor de Nicolás Patricio Alfredo Zúñiga García, funcionario de la Municipalidad de Recoleta, quien interpone recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad d
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica