3º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP C/ CESAR LUIS NAPANCC MAITA

Rol

Fecha

16 de marzo de 2026

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: PRIMERO: Que, la Magistrada Titular del Tercer Juzgado de Garantía de Santiago, doña Paula Brito Castro, ha elevado los antecedentes RIT 684-2020, RUC 240015980-1, de ese Tribunal, a fin de obtener pronunciamiento acerca si resulta procedente solicitar la extradición desde la República del Perú, del ciudadano de nacionalidad peruana César Luis Napancc Maita, DNI peruano N° 420946134 y, cédula de identidad para extranjeros N° 14.963.364-2. Habiendo el Ministerio Público solicitado la formalización en ausencia y la extradición del imputado en los autos RIT 684-2024, del Tercer Juzgado de Garantía de Santiago, por los delitos de homicidio simple y porte ilegal de arma de fuego, afirma que también los hechos, y los hechos son constitutivos también del delito de robo con intimidación, es que el tribunal hizo lugar a lo solicitado, por cumplirse íntegramente los requisitos de los artículos 431, 432 y 140 del Código Procesal Penal. Se trajeron los autos en relación el 12 de febrero de 2026. El 16 de marzo de este año se llevó a efecto la audiencia pública, en la que luego de la relación se oyeron los alegatos de los intervinientes, representante del Ministerio Público y la defensa privada. SEGUNDO: Que, el artículo 431 del Código Procesal Penal, establece en su inciso primero, que cuando en la tramitación de un proceso penal se hubiere formalizado la investigación por un delito que tuviere señalada en la ley una pena privativa de libertad cuya duración mínima excediere de un año, respecto de un imputado que se encontrare en país extranjero, el Ministerio Público deberá solicitar del Juez de Garantía que eleve los antecedentes a la Corte de Apelaciones para que este Tribunal, si estima procedente la extradición del imputado, disponga que se la solicite al país que en ese momento se encontrare. TERCERO: Que, de conformidad a lo prescrito en el artículo 432 del Código Procesal Penal, con fecha 12 de diciembre de 2025, en el Tercer Juzgad

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 431 al 436 del Código Procesal Penal, se acoge, ampliar la solicitud de extradición activa formulada por el Ministerio Público y se declara procedente solicitar al gobierno de la República de Perú la extradición del ciudadano peruano el imputado César Luis Napancc Maita, DNI N° 420946134; cédula de identidad para extranjeros N° 14.963.364-2, por la participación y responsabilidad que le corresponde como autor del delito de robo con intimidación, por el que fue formalizado en Chile, en audiencia celebrada el 12 de diciembre de 2025, ante el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago. Para el cumplimiento de lo resuelto, remítase oficio al señor Ministro de Relaciones Exteriores de Chile, con el objeto que se sirva disponer la práctica de las gestiones diplomáticas que fueren necesarias, para obtener la extradición del imputado por el delito mencionado. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 436 del Código Procesal Penal, adjúntese al referido oficio todos los documentos que dicen relación con la presente solicitud, detallados en el inciso segundo del citado artículo y compulsas de todo lo actuado en estos antecedentes. Regístrese, comuníquese y devuélvase. Rol Penal N°4027-2024. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

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CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, dieciséis de marzo de dos mil veintiséis. Sala: Quinta Rol Corte: Penal-4027-2024 Ruc: 2400159801-1 Rit: O-684-2024 Juzgado: 3º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los Ministros señor Alejandro Rivera Muñoz, señora Paola Danai Hasbún Mancilla y el Abogado Integrante señor Luis Hernandez Olmedo Relator: Fernando Risco Digitador: Alejandro Gálvez Fis

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