FLORES/SERVICIO NACIONAL_DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
16 de marzo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, interpone acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones en favor de Carlos Alberto Flores Valderrama, ciudadano venezolano, por la omisión que considera ilegal y arbitraria consistente en la falta de pronunciamiento respecto de la solicitud de carta de nacionalización del recurrente, omisión que afecta su derecho a la igualdad ante la ley, asegurado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, así como lo dispuesto en los artículos 6, 7, 8, 9, 14, 24 y 27 de Ley N°19.880. Expone que el extranjero ingresó su solicitud de nacionalización el 22 de abril de 2025, haciendo presente que a la fecha no se ha liberado la orden de giro de su solicitud ni se ha emitido el proyecto de decreto de carta de nacionalización con los informes positivos o negativos, lo que lo mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre. Sostiene que la omisión es arbitraria e ilegal, toda vez que a la fecha de interposición del presente recurso ha transcurrido un plazo excesivo sin que la autoridad administrativa se haya pronunciado sobre la solicitud formulada, estimando que dicho actuar infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 8, 9 y 27 de Ley N°19.880, siendo improcedente al efecto la excepción de caso fortuito contemplada en la ley. Asimismo, denuncia que la recurrida no ha adoptado medidas reales y eficaces que tiendan a atender las peticiones planteadas por los administrados, dentro de un procedimiento administrativo reglado, con plazos que obligan a las autoridades y personal de la administración. Previas citas legales, solicita se acoja el presente recurso y se ordene al Servicio recurrido pronunciarse sobre la solicitud de carta de nacionalización del recurrente dentro de un plazo de 60 días, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho, con costas. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraci
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Carlos Alberto Flores Valderrama. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°4381- 2025 Protección
Texto Completo (Preview)
San Miguel, dieciséis de marzo de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, interpone acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones en favor de Carlos Alberto Flores Valderrama, ciudadano venezolano, por la omisión que considera ilegal y arbitraria consistente en la falta de pronunciamiento respecto de l
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